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LOPEZ RICARDO JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó reajuste por diversos conceptos previsionales, entre ellos la Prestación Básica Universal y la actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia en lo recurrido, diferió para ejecución el cuestionamiento sobre topes de haberes y fijó costas y honorarios según lo expresado.

Costas Honorarios Ejecucion Pension Actualizacion de haberes Prestacion basica universal Topes de haberes Ley 27.609 Anses. Ley 24.241


¿Quién es el actor?

LOPEZ RICARDO JOSE.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios: actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial (PC, PAP, IB), reajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicación de topes de haberes (art. 26 Ley 24.241 y art. 79 Ley 18.037), tasa de interés, tasa de sustitución, intereses de obra social, costas y honorarios.

¿Qué se resolvió?

Se difirió para la etapa de ejecución el tratamiento del cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes; se confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; se confirmó lo resuelto sobre costas en la instancia de grado (imposición de costas al vencido conforme art. 68 CPCCN) con las salvedades sobre cómo deben establecerse según la liquidación; costas por su orden en la alzada; y se fijaron los honorarios de la letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Que corresponde rechazar la pretensión de la accionante y confirmar la actualización de las remuneraciones que sirven de base para el cálculo de la PC, PAP e IB según corresponda, en base el método indicado en la ley 27.609 y concordantes." "Los bonos previsionales no constituyen un componente del haber, sino una compensación excepcional, inmediata y focalizada... Su reiteración constituye, por tanto, un elemento que no puede ser soslayado al momento de efectuar el análisis integral de la PBU..." "En consecuencia, corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal... Para verificar la incidencia porcentual, la merma cuantificada será valorada teniendo en cuenta la diferencia entre la PBU reajustada y la inicial, en relación con el haber total del beneficio actual..., determinado que sea el resultado igual o superior a 15, corresponderá el reajuste de la prestación bajo análisis." "Por ello el Tribunal, por mayoría RESUELVE: 1)Diferir para la etapa de ejecución el cuestionamiento dirigido a la aplicación de topes de haberes... 2)Confirmar la sentencia recurrida en lo demás que decide y ha sido materia de agravios... 3)Confirmar lo resuelto en torno a las costas..."
- Disidencia: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó expresa reserva de opinión en ciertos puntos; empero, la decisión consignada en la parte resolutiva se adoptó por mayoría y es la que aquí se informa.

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