N., B. M. c/ GALENO ARGENTINA SA s/AMPARO DE SALUD
Amparo por cobertura de salud para internación, terapias e insumos de una persona con discapacidad; el Juzgado hizo lugar y condenó a la prepaga a cubrir la internación en MATER SANT conforme al Nomenclador Nacional de Discapacidad, las terapias y los insumos prescriptos por el médico tratante.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Sra. B.M.N., representada por apoderada (Dra. María Jimena Lisanti).
Demandado: Galeno Argentina S.A.
Objeto: Cobertura al 100% de internación en "Mater Sant" (hogar permanente, categoría A con centro de día y 35% por dependencia), colchón antiescaras, andador, kinesiología 3 veces por semana, terapia ocupacional 3 veces por semana, evaluación nutricional mensual, psiquiatría mensual y rehabilitación cognitiva conductual 2 veces por semana, y demás insumos prescriptos por su médico.
Decisión: Se hizo lugar a la acción de amparo y se condenó a Galeno Argentina S.A. a otorgar a la Sra. B.M.N. la cobertura de la internación en "MATER SANT" con el alcance previsto en el considerando VII) y a cubrir las terapias e insumos prescritos por su galeno tratante con el alcance previsto en el considerando VIII). Se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios de la letrada de la actora en $2.084.400 (20 UMA).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
"El derecho a la vida es el primer derecho natural... la vida de los individuos y su protección –en especial el derecho a la salud
- constituyen un bien fundamental..." (Considerando I).
"la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad... establece que 'Los países que se unen a la Convención se comprometen a elaborar y poner en práctica políticas, leyes y medidas administrativas para asegurar los derechos reconocidos en la Convención y abolir las leyes, reglamentos, costumbres y prácticas que constituyen discriminación'." (Considerando III).
"la ley 24.901 dispone que tendrán a su cargo con carácter obligatorio, la cobertura total de las prestaciones básicas enunciadas en la ley, que necesiten los afiliados con discapacidad (art. 2)..." (Considerando III).
"no se encuentra controvertido el carácter de afiliada de la actora... ni las patologías que padece" (Considerando IV), y por ello "la cuestión a dilucidar se circunscribe en determinar si la demandada debe otorgar la cobertura -y en su caso, en qué porcentaje
- de la internación..."
"considero que se encuentra justificado que permanezca en 'MATER SANT', debiendo además asegurarse la demandada la permanencia y continuidad del tratamiento que ya se encuentra realizando... con más la cobertura del 35% en concepto de dependencia." (Considerando VI).
"en cuanto al alcance de la prestación... no corresponde que dicha parte deba cubrir el 100% de su costo, sino que deberá ser cubierto de acuerdo a los valores que determina el Ministerio de Salud en el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad... Hogar Permanente con Centro de Día, Categoría 'A', con más el 35% por dependencia." (Considerando VII).
"las terapias indicadas, deberán ser cubiertas por la accionada al 100% si se tratare de prestadores propios y en el caso de prestadores ajenos, con el alcance previsto en el Nomenclador Nacional de Discapacidad... corresponderá que la accionada asuma la cobertura al 100% de los insumos peticionados." (Considerando VIII).
"la actitud adoptada por la accionada encuadra en la calificación de 'arbitrariedad o ilegalidad manifiesta' que requiere el art. 43 de la Constitución Nacional..." (Considerando IX).
- Disidencias: no existen votos en disidencia en este fallo (sentencia de único juez).
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