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ESTADO NACIONAL PREFECTURA NAVAL ARGENTINA c/ PESQUERA ENSENADA DE BARRAGAN SA s/EJECUCION FISCAL

Ejecución fiscal por deuda de tasas de matrícula de embarcaciones; el Juzgado ordenó la ejecución y el remate hasta que Pesquera Ensenada de Barragán S.A. pague $554.460 más intereses, IVA y costas. El tribunal fundamentó la ejecución por falta de pago e indicó que los intereses se computarán desde la mora hasta el pago efectivo conforme la tasa del Banco Nación en operaciones de descuento a 30 días.

Costas Intereses punitorios Ejecucion fiscal Iva Remate Prefectura naval Mandamiento de pago Tasas de matricula Deuda $554.460 Banco nacion (tasa descuento 30 dias)


¿Quién es el actor?

ESTADO NACIONAL PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.

¿A quién se demanda?

PESQUERA ENSENADA DE BARRAGAN SA.
- Objeto de la demanda: Cobro ejecutivo por falta de pago de tasa fija anual por renovación de matrícula de las embarcaciones "CHINHSING" (MAY-0152), "CHIEH MAN N 1" (MAY-0154), "HSIAN MAN FENG" (MAY-0153) y "SAN I N 23" (MAY-0155), por la suma de $554.460 (valor histórico) más intereses punitorios y demás accesorios.

¿Qué se resolvió?

Se sentenció de trance y remate la causa y se ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto PESQUERA ENSENADA DE BARRAGAN SA efectúe el íntegro pago al ESTADO NACIONAL PREFECTURA NAVAL ARGENTINA del crédito de $554.460 adeudado, con más los intereses compensatorios y punitorios correspondientes desde la fecha de mora hasta su efectivo pago, con más el IVA pertinente y las costas del juicio; se difirió la regulación de honorarios para la aprobación de la liquidación definitiva.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Que el ESTADO NACIONAL PREFECTURA NAVAL ARGENTINA inicia las presentes actuaciones contra PESQUERA ENSENADA DE BARRAGAN SA, demandando el cobro ejecutivo $554.460 valor histórico de la deuda conforme certificación adjuntada -falta de pago de tasa fija anual por renovación de matrícula de las embarcaciónes 'CHINHSING' (MAY-0152); 'CHIEH MAN N 1' (MAY-0154); 'HSIAN MAN FENG' (MAY-0153); 'SAN I N 23' (MAY-0155)-, con más intereses punitorios establecidos en el art. 11 del Decreto 1528/2007 y fijados en dicha norma legal en el dos por ciento (2%) mensual no acumulativo, hasta un máximo de ciento veinte por ciento (120%) desde la fecha de vencimiento de cada obligación contemplada en el art. 10, con expresa imposición de costas a la aquí demandada." "Que intimada de pago la demandada, conforme mandamiento librado, agregado con fecha 14.08.2026, no compareció en autos ni opuso excepciones al progreso de la ejecución. En razón de ello, el ejecutante solicita se proceda al dictado de sentencia de trance y remate..." "Que en punto a los intereses, se computarán desde la fecha de mora y hasta su total y efectivo pago, de acuerdo a la tasa que el Banco de la Nación Argentina percibe en sus operaciones de descuento a treinta días (conf. CNCCFed., Sala I, causa 2.094/92 del 26.5.94) y se extenderán hasta el efectivo pago de la obligación." (Dispositivo final) "RESUELVO: Sentenciar de trance y remate esta causa. En consecuencia, ordeno llevar adelante la ejecución hasta tanto PESQUERA ENSENADA DE BARRAGAN SA, le haga íntegro pago al ESTADO NACIONAL PREFECTURA NAVAL ARGENTINA del crédito de $554.460 adeudado, con más los intereses compensatorios y punitorios correspondientes según los documentos acompañados con el escrito de inicio, desde la fecha en que la demandada quedó en mora en el cumplimiento de su obligación, hasta el día de su efectivo pago, con más el IVA pertinente y las costas del juicio (conf. art. 558 del CPCC). Difiérase la regulación de honorarios profesionales para el momento en que se apruebe la liquidación definitiva." No se registran votos en disidencia en el documento.

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