ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES c/ TELEFONICA MOVILES ARGENTINA SA-EXPTE 866/13 s/PROCESO DE EJECUCION
Regulan y elevan a $812.916 los emolumentos de la representación legal en un proceso de ejecución contra Telefónica Móviles. La Cámara Federal confirmó la procedencia del incremento por ponderar la naturaleza del asunto, la trascendencia económica y la calidad jurídica del trabajo profesional, y ordenó registrar y devolver los autos para notificación.
¿Quién es el actor?
Ente Nacional de Comunicaciones.
¿A quién se demanda?
Telefónica Móviles Argentina S.A.
- Objeto de la demanda: Proceso de ejecución y regulación de los emolumentos (honorarios) de la representación legal de la parte actora.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala IV, hizo lugar al pedido incidental y elevó, en conjunto, los emolumentos de la representación legal y dirección letrada de la parte actora a la suma de $812.916 (equivalente a 7,8 UMA), ordenando que la regulación se cancele conforme al artículo 51 de la ley 27.423 y que no incluye el IVA, que deberá adicionarse según corresponda; se registraron y devolvieron los autos a la instancia de origen para su notificación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Que, en atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia económica de la cuestión en debate (v. certificado de deuda a fs. 2/5), y ponderando el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de las labores desarrolladas en las tres etapas cumplidas ante primera instancia, corresponde ELEVAR, en conjunto, a la suma de $812.916 –equivalente a la cantidad de 7,8 UMA– los emolumentos de la representación legal y dirección letrada de la parte actora (arts. 16, 19, 20, 21, 29, incs. f y g, 51 y 58, inc b, y ccdtes. de la ley 27.423; Resol. SGA N° 1930/26)."
"Se deja constancia que la regulación que antecede deberá cancelarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de la ley 27.423, y que no incluye el Impuesto al Valor Agregado, monto que –en su caso– deberá ser adicionado conforme a la situación de las profesionales intervinientes frente al citado tributo."
"ASÍ SE RESUELVE Regístrese y devuélvanse los autos a la instancia de origen para su notificación."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el bloque dispositivo final.
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