Logo

MARIN, EDUARDO HECTOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamación por reajustes previsionales iniciada por Eduardo Héctor Marín contra ANSES por reaplicación de haberes y retroactivos. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, rechazó el recurso de apelación de ANSES y ordenó regular honorarios y condenar en costas a la demandada.

Costas Honorarios Impuesto a las ganancias Anses Retroactivos Pbu Reajustes previsionales Isbic Elliff Inconstitucionalidad ley 27.609


¿Quién es el actor?

MARIN, EDUARDO HECTOR.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios relativos a la determinación del haber jubilatorio inicial, aplicación de índices de actualización (ISBIC y régimen posterior), tratamiento de la Prestación Básica Universal (PBU), imputación del impuesto a las ganancias sobre retroactivos e intereses, y actualización de aportes (incluyendo moratorias/SICAM).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSES y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto fue motivo de agravio; se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios profesionales en un 30% de lo establecido en primera instancia, con orden al a quo de calcularlos en pesos y UMA cuando exista base cierta.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Conclusión. La sentencia recurrida se ajusta a derecho al declarar la inconstitucionalidad del art. 1° de la Ley 27.609, por vulnerar el principio de no regresividad, sin que el Estado haya aportado justificación suficiente. Corresponde, pues, rechazar el agravio y mantener el criterio adoptado." "En cuanto al agravio versa sobre la imposibilidad del afectar el retroactivo con el impuesto a las ganancias, cabe destacar que no resulta necesario hacer comparecer a la AFIP aunque sea el órgano ejecutor de la ley impositiva, toda vez que no se declara la inconstitucionalidad de la norma, sino que la línea argumentativa que permite evadir al retroactivo del impuesto aludido es la propia naturaleza de las sumas devueltas que no son materia de afectación tributaria. Así, no se cuestiona la constitucionalidad de la ley, sino que el a-quo se expide sobre la falta de aplicación al caso y por ello, para evitar que ANSES repita la conducta habitual de retener el impuesto, le ordena de oficio, sin planteo alguno de la actora, la conducta contraria para salvaguardar la integralidad del retroactivo cuya devolución se ordena lo que no importa un pronunciamiento extra petita." "En mérito a lo expuesto, ninguno de los agravios propuestos por la accionada permite conmover la decisión de grado, la cual se ajusta a derecho y surge como la más justa para el caso en cuestión."
- Votos en disidencia relevantes: No hubo disidencia; los Dres. Sebastián Guillermo Soneira y Manuel Alberto Pizarro adhirieron al voto del Dr. Juan Ignacio Pérez Curci.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar