MOYA, SANDRA FABIANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES por reajustes varios solicitando la liquidación del haber previsional conforme al 82% móvil y la devolución de retroactivos sin descuento del impuesto a las ganancias. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de grado, rechazó el recurso de apelación de ANSES, ordenó el pago del Coeficiente de Variación Salarial Docente y, en su caso, la suma necesaria para completar el 82% móvil, eximió a la actora del impuesto a las ganancias sobre los retroactivos e impuso las costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
MOYA, Sandra Fabiana.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios para que se liquide el haber jubilatorio conforme al 82% móvil previsto en ley n° 24.016, pago del Coeficiente de Variación Salarial Docente (CVD) y devolución de retroactivos; impugnación de retenciones por impuesto a las ganancias; pronunciamientos sobre costas y honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSES y confirmó la sentencia de primera instancia. En consecuencia, ANSES deberá abonar el Coeficiente de Variación Salarial Docente (CVD) y, en su caso, la suma necesaria hasta completar el 82% móvil correspondiente a la actora; se confirmó la exención de los retroactivos del impuesto a las ganancias y se impusieron las costas a la demandada vencida. No se regularon honorarios de la representación letrada de la actora por no haber intervenido.
- Fundamentos principales (trascripción de los párrafos más relevantes):
"Es que, dada la especial relevancia que le imprime el carácter de vulnerables a las personas mayores, de conformidad con lo establecido por las 100 Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad, a las que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por Acordada 5/2009, y la necesidad de asegurar una tutela efectiva de los derechos de la actora, los operadores del derecho están obligados a tomar medidas de acción positivas tendientes a garantizarlo."
"Por lo expuesto, y en coincidencia con la sentencia de grado, teniendo en cuenta, principalmente el incumplimiento reiterado de la doctrina judicial sentada por el fallo 'Gemelli' de la CSJN, se confirma la sentencia venida en apelación y, por lo tanto, ANSeS deberá abonar el Coeficiente de Variación Salarial Docente (CVD) y luego, en caso de corresponsal, el monto necesario hasta completar el 82% móvil que le corresponde a la actora. La movilidad es una sola, la reconocida por la ley n° 24.016."
"Por lo expuesto se debe confirmar la sentencia en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora."
- Disidencias: No hubo votos en disidencia; los Dres. Soneira y Pérez Curci adhirieron al voto del Dr. Pizarro.
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