DAVILA, DIEGO DANIEL c/ VELEZ, DANIEL ALBERTO Y OTRO s/DESPIDO
El trabajador demandó por despido y reclamó indemnizaciones y extensión de responsabilidad frente al titular de la habilitación. La Cámara confirmó la sentencia de grado en lo principal, pero moduló la solución sobre accesorios: dispuso que la tasa de interés se ajuste conforme al considerando 6º y dejó sin efecto lo decidido en materia de costas y honorarios para imponerlas y regularlas según el considerando 7º.
¿Quién es el actor?
Diego Daniel Dávila.
- Demandados: Daniel Alberto Vélez y Walter Rosalino Arias.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido, indemnizaciones (art. 232, 233, 245 LCT y rubros salariales adeudados) y extensión de responsabilidad hacia quien figura como titular de la habilitación (arts. 14 y 29 LCT).
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia apelada en lo principal (se mantuvo el reconocimiento de la relación laboral con Vélez y las indemnizaciones fijadas), con las salvedades previstas respecto de la tasa de interés (seguir lo dispuesto en el considerando 6º del primer voto) y se dejó sin efecto lo decidido en materia de costas y honorarios para imponerlas y regularlas conforme al considerando 7º. Se ordenó registrar, notificar y cumplir normas procesales citadas y devolver el expediente.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"En tal sentido, los testigos mencionados, no solo omiten atribuirle una actuación personal en la dirección y organización del trabajo, sino que, sobre todo, evidencian un desconocimiento de su persona, todo lo cual impide tener por demostrada su participación en los hechos que motivan la extensión de responsabilidad pretendida por el actor."
"Por todo lo expuesto, considero que en este caso, corresponde disponer que los accesorios se calculen a la tasa pasiva determinada por el Banco Central, desde que cada suma es debida y hasta la fecha de su efectivo pago, aclarando que los cálculos pertinentes deberán realizarse en la etapa del art. 132 LO momento en el cual deberán verificarse los parámetros mínimos establecidos en la norma legal vigente siempre que actúen en sentido protectorio al trabajador en tanto lo explicado previamente."
"La solución propuesta implica adecuar la imposición de costas y regulación de honorarios de primera instancia (conf. art. 279 CPCCN y art. 30 ley 27.423) y proceder a su determinación en forma originaria... A tales efectos, sugiero imponer las costas de primera instancia, como se establecieron en grado... En materia de honorarios, conforme los parámetros de la ley 27.423 y del art. 1255 del CCyCN sugiero regular los honorarios del patrocinio y representación letrada de la parte trabajadora en 47,53 UMA (equivalente a la suma de $4.953.576,60)..."
- Disidencia relevante: El Dr. Diego Fernando Manauta expresó su adhesión al resultado de fondo pero planteó criterio distinto respecto del art. 2 de la ley 25.323, proponiendo morigerar en un 50% el importe diferido a condena; dicho criterio no fue compartido por la mayoría.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: