OTAMENDI, NORMA BEATRIZ c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La actora reclamó reconocimiento e indemnización por incapacidad derivada de accidente in itinere del 01/02/2025. El Juzgado revocó la decisión de la Comisión Médica Nº10, fijó la incapacidad en 32,80% de la T.O. y condenó a GALENO ART S.A. a abonar $18.269.343,18 más intereses, con costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Norma Beatriz Otamendi (actora/damnificada).
¿A quién se demanda?
Galeno ART S.A. (Aseguradora de Riesgos del Trabajo).
- Objeto de la demanda: Impugnación del dictamen de la Comisión Médica Nº10 que declaró inexistente incapacidad por accidente in itinere del 01/02/2025; reconocimiento de incapacidad y cobro de la indemnización conforme Ley 24.557 y Ley 27.348 (texto según DNU 669/2019).
¿Qué se resolvió?
Se revocó la decisión administrativa y se estableció que la incapacidad es del 32,80% de la T.O.; se condenó a GALENO ART S.A. a pagar dentro de los cinco días la suma de $18.269.343,18 más intereses conforme lo dispuesto por la normativa aplicable; costas a la demandada; regulación de honorarios por las respectivas UMA consignadas; rige Acta Acuerdo CNAT 2.669/2018.
- Fundamentos principales de la decisión (textos reproducidos del fallo):
"Del informe presentado en fecha 17/03/2026, por el experto designado en autos y su ampliación de fecha 05/09/2026, surge que, mediante examen físico y los estudios practicados a la accionante, dictaminó, con base en los antecedentes de interés médico legal obrantes en autos, que la parte actora presenta, como consecuencia del accidente in itinere reclamado, inestabilidad por ruptura de ligamento cruzado anterior (10%) y síndrome meniscal no operado (8%). Manifiesta, además, que la peritada presenta un cuadro compatible con una RVAN grado II con componente depresivo, que la incapacita en el 10% de la T.O."
"Otorgo al dictamen médico referido eficacia probatoria en sus aspectos fundamentales, atento a que se funda en principios técnicos y argumentos científicos, así como en consideraciones basadas en exámenes clínicos y complementarios realizados a la accionante... las impugnaciones presentadas por el Fondo de Reserva ... no logran conmover la contundencia de las conclusiones de la pericia."
"Como corolario de lo hasta aquí señalado, fijo la incapacidad de la que es portadora Norma Beatriz OTAMENDI en el orden del 32,80% de la T.O., con inclusión de los factores de ponderación que valuó el perito (10% por dificultad para realizar tareas habituales, y 2% por la edad)."
"De tal modo, concluyo que el monto de condena y los accesorios establecidos precedentemente deberán abonarse dentro de los cinco días de notificada la liquidación prevista en el art. 132 de la LO, y a partir de la mora será de aplicación lo establecido por el artículo 770 del Código Civil y Comercial..."
Disposición dispositiva: "1) Revocar lo decidido en la instancia administrativa por la Comisión Médica Nro. 10 ... y condenar a GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SOCIEDAD ANÓNIMA a abonarle, dentro del quinto día, la suma de PESOS DIECIOCHO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES CON DIECIOCHO CENTAVOS ($18.269.343,18), con más los intereses correspondientes. 2) Costas a la demandada..."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; la decisión expresa y dispositiva es la que se transcribe.
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