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CAMPORRO MARIA LIDIA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

Amparo de jubilada docente contra ANSeS por descuentos aplicados según art. 9 Ley 24.463. El Juzgado Federal de la Seguridad Social N°10 hizo lugar a la demanda, declaró inaplicable el art. 9 para el caso y ordenó a ANSeS liquidar el beneficio en forma íntegra y devolver los descuentos con intereses en 30 días.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: CAMPORRO MARIA LIDIA, por medio de apoderado. Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). Objeto: Se solicita que se declare la inconstitucionalidad/inaplicabilidad de la Circular ANSES PREV-05-0819 y, en particular, que no se aplique la deducción prevista en el art. 9 de la ley 24.463 sobre su prestación previsional (suplemento docente), y se ordene la devolución de las sumas retenidas con más intereses. Decisión: Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inaplicabilidad del art. 9 de la ley 24.463 para el caso concreto y, en consecuencia, se ordenó a ANSeS que, dentro de los 30 días, liquide el beneficio conforme lo ordenado y proceda a la devolución de las sumas descontadas con más sus intereses; se impusieron las costas a la demandada vencida; se difirió la regulación de honorarios hasta la existencia de liquidación aprobada. Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los pasajes más relevantes del fallo):
- "De las constancias obrantes en el expediente administrativo ... se desprende que la parte actora percibe un beneficio de jubilación Nº 14030193600, con fecha de alta 01/12/2025 PRESTACIONES DOCENTES LEY 24.241, al que se le efectúa una quita en el mensual en curso por aplicación del descuento Ley 24.463
- artículo 9-, de $192.567,70.-"
- "La Corte Suprema de Justicia de la Nación, se expidió en autos 'Guzmán, Cristina c/ ANSeS s/ amparo
- ley 16.986', ... 'Que las jubilaciones por servicios docentes ... deben considerarse incorporadas al régimen especial de la ley 24.016 ...' ... 'el régimen jubilatorio de la ley 24.016 ha quedado sustraído de las disposiciones que integran el sistema general reglamentado por las leyes 24.241 Y 24.463 ... manteniéndose vigente con todas sus características.'"
- "Entiendo, en tal inteligencia que la aplicación del art. 9 de la ley 24.463, resulta inaplicable a los beneficiarios de la ley 24.016 pues ella establece un porcentaje móvil sobre la remuneración en actividad, por lo cual la aplicación de topes o deducciones resulta contradictoria con la propia naturaleza del haber previsional reconocido."
- "En consecuencia, corresponde declarar la inaplicabilidad del tope del art. 9 de la ley 24.463 para el caso y ordenar al organismo previsional que abone la prestación en su totalidad, y desde la fecha de adquisición del derecho, por resultar abstracta la prescripción habida en autos."
- "Las retroactividades reconocidas devengarán un interés fijado por la tasa pasiva promedio que publica el Banco Central de la República Argentina, hasta su efectivo pago."
- "Las costas corresponde imponerlas a la demandada vencida conforme art. 14 de la ley 16.986." No existen votos en disidencia en la sentencia.

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