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GUTIERREZ GLADIS JESUS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda contra ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional y la actualización de componentes del beneficio. El Juzgado Federal hizo parcialmente lugar al reclamo, dejó sin efecto la resolución impugnada, ordenó recalcular y abonar el haber y retroactivos en 120 días, diferir inconstitucionalidades para ejecución e impuso costas a ANSES.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Gutierrez Gladis Jesus (parte actora). Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Objeto: Reajuste del haber previsional (re-determinación de la Prestación Básica Universal -PBU-, Prestación Compensatoria -PC
- y Prestación Adicional por Permanencia -PAP-), movilidad del haber y declaración de inconstitucionalidad de diversas normas aplicables; pago de retroactivos. Decisión: Se hizo parcialmente lugar a la demanda, dejando sin efecto la resolución impugnada; se ordenó a ANSES recalcular el haber y abonar los retroactivos conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días hábiles desde que la sentencia quede firme; se difirió el tratamiento de las inconstitucionalidades para la etapa de ejecución; el haber y las sumas a favor de la actora deberán abonarse íntegramente sin quita alguna, sin que puedan exceder los porcentajes establecidos en las leyes de fondo; se impusieron las costas a ANSES; se difirió la regulación de honorarios para la etapa de ejecución conforme ley 27.423.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En este sentido, resuelvo que, hasta que el Congreso Nacional legisle sobre el punto (y habiendo sido tal alternativa considerada en el fallo mencionado), no podrá retenerse suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias a la prestación previsional de la parte actora." "En consecuencia, corresponde seguir los lineamientos expuestos y disponer que la Anses, al momento de abonar las sumas retroactivas que pudieran resultar por medio de la presente, se abstenga de efectuar descuento alguno en concepto de impuesto a las ganancias." "El haber calculado de conformidad con las pautas diseñadas en el presente decisorio, como asimismo las sumas que eventualmente resulten a favor de la parte actora, deberán ser íntegramente abonadas, sin quita alguna, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos 'Pellegrini, Américo c/ Anses / Reajustes Varios', sentencia del 28.11.2006."
- Votos en disidencia: No consta voto en disidencia; la resolución final es la transcripta en la Parte Resolutiva Final y prevalece sobre propuestas individuales.

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