CIROFFI DANIEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo de reajuste previsional contra ANSES por falta de movilidad y actualización de componentes del haber. El Juzgado Federal hizo parcialmente lugar a la demanda, dejó sin efecto la resolución administrativa impugnada y ordenó recalcular y abonar el haber y retroactivos conforme las pautas del decisorio, difiriendo para ejecución el tratamiento de las inconstitucionalidades.
¿Quién es el actor?
CIROFFI DANIEL.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajuste del haber previsional (re-determinación de la Prestación Básica Universal -PBU-, Prestación Compensatoria -PC
- y Prestación Adicional por Permanencia -PAP-), movilidad del haber y declaración de inconstitucionalidad de diversas normas (art. 20 ley 24.241 y otras).
¿Qué se resolvió?
Se hizo parcialmente lugar a la demanda, se dejó sin efecto la resolución impugnada y se ordenó a ANSES que abone al actor el haber recalculado y el retroactivo conforme a las pautas del decisorio dentro de 120 días hábiles desde que la sentencia quede firme; se difirió el tratamiento de las inconstitucionalidades para la ejecución; se impusieron las costas a ANSES y se diferenció la regulación de honorarios para la etapa de ejecución.
Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
- "El haber calculado de conformidad con las pautas diseñadas en el presente decisorio, como asimismo las sumas que eventualmente resulten a favor de la parte actora, deberán ser íntegramente abonadas, sin quita alguna, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos 'Pellegrini, Américo c/ Anses / Reajustes Varios', sentencia del 28.11.2006."
- "Por todo lo expuesto, y citas legales invocadas; RESUELVO: 1) Hacer parcialmente lugar a la demanda interpuesta por la parte actora dejando sin efecto la resolución impugnada; 2) Ordenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo de conformidad con las pautas establecidas en el presente decisorio dentro del plazo de 120 días hábiles, a partir de que la sentencia quede firme, considerando que no se acompañó el expediente administrativo en soporte papel (Conf. art. 22 de la ley 24.463); 3) Diferir el tratamiento de las inconstitucionalidades mencionadas en los considerandos respectivos para el momento de la ejecución de la sentencia; 4) El haber resultante y las sumas que resulten a favor de la parte actora deberán ser abonadas íntegramente, sin quita alguna, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al fallar en la causa 'Pellegrini, Américo c/ ANSeS s/ reajustes varios' del 28.11.2006, no pudiendo exceder los porcentajes establecidos en las leyes de fondo (conf. CSJN in re: 'Villanustre Raúl Félix' del 17/12/91 y 'Mantegazza Angel Alfredo c/Anses' del 14/11/2006), teniendo en cuenta lo dispuesto en la Resolución 955/08. 5) Imponer las costas a cargo de la parte demandada por los motivos expuestos en el considerando respectivo; 6) Diferir la regulación de honorarios..."
Disidencias: No se registra voto en disidencia; la resolución es dictada por la Jueza Federal Subrogante Dra. Karina Alonso Candis y la Parte Resolutiva aquí transcripta es el dispositivo final.
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