CASTILLO, HECTOR ARMANDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El trabajador apeló la disposición de la Comisión Médica N°10 que concluyó ausencia de incapacidad por accidente laboral. El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°59 confirmó la decisión administrativa y rechazó el recurso, sosteniendo la validez del informe pericial que descartó secuela incapacitante.
¿Quién es el actor?
Héctor Armando Castillo.
¿A quién se demanda?
Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (y relación con empleador SERBECO S.A. por el siniestro).
- Objeto de la demanda: Impugnación del dictamen de la Comisión Médica Nº 10 (Disposición de Alcance Particular de fecha 24/2/2022) que determinó que el trabajador no presentaba incapacidad por el accidente ocurrido el 28/4/2021; reclamo de una incapacidad psicofísica estimada en 25% de la T.O. y liquidación por $2.743.472.-.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso interpuesto por Castillo y se confirmó lo resuelto por la Comisión Médica N°10 de CABA.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"En el capítulo 'Consideraciones Médico Legales', la perito informa: '... Realizado el examen físico al actor y evaluados los estudios complementarios se constata que no se ha encontrado secuela incapacitante en su antebrazo, muñeca y mano derecha por el accidente que se reclama. En relación a la Incapacidad psicológica solicitada, durante el examen psiquiátrico el actor no presentó ninguna alteración en la esfera psicológica. Se descartó incapacidad psicológica, el actor no tiene alteración psicológica, presenta una RVAN de grado I... de acuerdo a las consideraciones realizadas en el análisis de la documentación médica prescripta, de la glosada en autos, este perito entiende que no existe Incapacidad por el accidente que se reclama.'"
"Así, la perito Marchán explicó de manera suficientemente clara el cuadro psicofísico que presentaba el agraviado al momento del examen, apoyándose para ello en los estudios médicos solicitados y en la revisación clínica y entrevista efectuadas."
"En este marco, toda vez que la pericia médica producida en autos no informó la existencia de secuela psicofísica alguna derivada del siniestro ventilado en estas actuaciones, corresponde desestimar el recurso interpuesto y, en consecuencia, confirmar lo resuelto en la Disposición de Alcance Particular de fecha 24/2/2022 dictada por la titular suplente del Servicio de Homologación de la CMJ Nro. 10. Así decido."
- Observaciones procesales relevantes: Se rechazó la aplicabilidad del nuevo baremo del Decreto 549/2025 a la pericia ya producida, por entender que no puede aplicarse retroactivamente a prueba practicada bajo el decreto anterior; se impusieron costas en el orden causado y las comunes por mitades. No hubo impugnación del informe pericial.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: