INCIDENTE DE COMETENCIA ENTRE EL JUZGADO EN LO CORRECCIONAL N° 3 DE SAN MARTIN Y EL JUZGADO EN LO CORRECCIONAL N° 4 DE SAN ISIDRO
Incidente de competencia entre dos juzgados correccionales por intervención en IPP referida a encubrimiento vinculado con robo de motovehículo. La Cámara declara competente al Juzgado en lo Correccional Nro. 4 de San Isidro, entendiendo que corresponde acumular la investigación en el órgano del locus delicti conforme a precedentes y artículos 20, 33, 35 y concordantes del C.P.P.
Actor: El Juzgado en lo Correccional Nro. 3 del Departamento Judicial San Martín (órgano declinante que planteó el incidente y luego sostuvo su postura). Demandado: El Juzgado en lo Correccional Nro. 4 del Departamento Judicial San Isidro (órgano que inicialmente no aceptó la competencia atribuida). Objeto: Determinación de la competencia para seguir interviniendo en la IPP 15-00-6478-26, relativa a un encubrimiento vinculado con el robo de un motovehículo; discusión sobre si debe entender el juez del lugar donde se cometió el desapoderamiento o si el proceso conserva autonomía. Decisión: La Sala II del Tribunal de Casación Penal declaró competente al Juzgado en lo Correccional Nro. 4 del Departamento Judicial San Isidro para seguir entendiendo en la IPP 15-00-6478-26. Rigen los artículos 20, 33 (penúltimo párrafo), 35 y concordantes del Código Procesal Penal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción de párrafos relevantes del fallo (texto original):
"IV. Ha sostenido este Tribunal que dada la estrecha vinculación que tiene el desapoderamiento de bienes ajenos bajo la forma de hurto o robo, y el encubrimiento de esa conducta a través del aprovechamiento o comercialización de los objetos así ilícitamente obtenidos, corresponde al Juez que conoce en el primero de los hechos, que es causa y razón de ser del segundo, entender en la totalidad delictiva (res de la Sala I de este Tribunal de fecha 5/5/99 en causa 517 'Incidente de competencia entre el Juzgado de Garantías número 3 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora y el Juzgado de Garantías número 1 del Departamento Judicial de Quilmes'; ídem del 12/5/99 en causa 313 'Incidente de competencia entre el Juzgado de Garantías número 1 de Morón y el Juzgado de Garantías número 1 de La Matanza'; ídem del 6/2/01 en causa 3773 de la Sala Segunda 'Incidente de competencia entre el Juzgado de Garantías número 1 de San Martín y el Juzgado de Garantías número 1 de Morón', entre otras).
Ha dicho asimismo que aunar en un mismo órgano la investigación del robo o hurto y del encubrimiento posterior tienen por efecto dotar a la tarea de averiguación de mayor eficacia y evitar desperdigar esfuerzos en un momento en que el incremento delictivo coloca en situación de crisis a la justicia penal; incluso plasma en mayor grado un objetivo de eficiencia, puesto que ordinariamente quien asume la totalidad delictiva será el de 'locus delicti', que naturalmente se encuentra en mejor situación para esclarecer lo fáctico materia de actuación (res de la Sala I de este Tribunal de fecha 12/5/99 en causa 313 ... ídem del 6/2/01 en causa 3773 ... entre otras)."
"V. Así entonces, en orden a lo predicho corresponde atribuir competencia al Juzgado en lo Correccional Nro.4 del Departamento Judicial San Isidro, para seguir entendiendo en la IPP 15-00-6478-26. Rigen los artículos 20, 33, penúltimo párrafo, 35 y ccdtes. del Código Procesal Penal."
Bloque dispositivo final (texto original):
"Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, la Sala II del Tribunal de Casación Penal
RESUELVE
DECLARAR COMPETENTE al Juzgado en lo Correccional Nro.4 del Departamento Judicial San Isidro, para seguir entendiendo en la IPP 15-00-6478-26. Rigen los artículos 20, 33, penúltimo párrafo, 35 y ccdtes. del Código Procesal Penal."
- Votos y mayoría: El acuerdo fue unánime. El Dr. Mancini articuló el voto principal, la Dra. Budiño adhirió "en igual sentido y por los mismos fundamentos". La resolución siguió el criterio de acumulación por estrecha vinculación entre robo/hurto y encubrimiento, privilegiando la intervención del órgano del lugar donde ocurrió el desapoderamiento.
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