DIAZ ANDRES EZEQUIEL C/ ASOCIART ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El actor promovió acción laboral de revisión contra la decisión de la Comisión Médica por incapacidad derivada de un accidente de trabajo. El Tribunal revocó la homologación administrativa y declaró una incapacidad parcial y permanente del 10,03% vinculada al siniestro, condenando a la ART al pago de $2.458.843,34 con costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: ANDRES EZEQUIEL DIAZ, representado por el Dr. Cristian Daniel Sandez.
Demandado: ASOCIART ART S.A., con letrado apoderado Dr. Julian Martin Knopoff; empleador en la relación: MAPUESA S.R.L.
Objeto: Revisión judicial de la decisión del Servicio de Homologación de la Comisión Médica N°38 (Expte. SRT N° 595499/23) que fijó incapacidad del 2,2%, solicitando se reconozca mayor grado de incapacidad y se condene al pago de las prestaciones correspondientes.
Decisión: Se revocó la resolución del 24/5/2024 de la Comisión Médica N°38 y se estableció que el actor posee una incapacidad parcial y permanente del 10,03% t.o. relacionada causalmente con el accidente del 28/1/2022. Se condenó a ASOCIART ART S.A. al pago de $2.458.843,34 en 10 días, se impusieron costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual aparecen en la sentencia):
- "En mérito a lo expuesto, y dado que el planteo de inconstitucionalidad del Decreto 549/2025 se reduce a una crítica genérica y en abstracto, propicio su rechazo. ... En definitiva, se ha acreditado que ANDRES EZEQUIEL DIAZ presenta una incapacidad parcial y permanente del 10,03% t.o. la que guarda relación causal con la contingencia sufrida el 28/1/2022"
- "Al Valor Ingreso Base (VIB) actualizado por RIPTE de $ 33294.16 determinado precedentemente corresponde adicionar un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina (Tasa Activa) desde la fecha del siniestro (28/1/2022) hasta el día de la fecha resultando en una suma de $ 82400.40, lo que arroja un total de $ 115.694,56, conforme a lo establecido en el art. 11.2 de la ley 27.348."
- "En consecuencia y de conformidad con las citas legales efectuadas y lo normado por el art. 3 del Dto. 1694/09 la parte accionante resulta acreedora de la prestación por incapacidad laboral permanente y parcial consecuencia del siniestro sufrido el 28/1/2022 a cargo de la demandada ASOCIART ART S.A. ... Por todo lo expuesto, ... propongo se condene a ASOCIART ART S.A. a pagar a ANDRES EZEQUIEL DIAZ la suma de $ 2.458.843,34 en el plazo de DIEZ días de notificado el pronunciamiento..."
- Dispositivo final (mayoría): "el Tribunal RESUELVE: 1) Revocar lo resuelto el 24/5/2024 por el Servicio de Homologación ... y establecer que ANDRES EZEQUIEL DIAZ posee una incapacidad parcial y permanente del 10,03% t.o. ... 2) Condenar a ASOCIART ART S.A. a pagar a ANDRES EZEQUIEL DIAZ la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES CON TREINTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 2.458.843,34) ... 4) Imponer las costas de los profesionales actuantes a la parte demandada vencida ... 5) Diferir la regulación de honorarios hasta que quede firme la presente sentencia."
- Observaciones relevantes: Los tres votos adhieren en el mismo sentido (no hubo disidencia). Se aplicó el baremo vigente (Decreto 549/25) para evaluar cicatriz y RVAN/DVAN I; se rechazó reconocimiento de incapacidad por piezas dentarias reemplazadas que no fueron restitución fija según el Decreto. Se aplicó actualización por RIPTE e intereses conforme ley 27.348.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: