BESSA PATRICIO HERNÁN C/ GRANDES CHICOS SA S/ DESPIDO
El actor promovió demanda laboral por despido y prestaciones por accidente de trabajo reclamando múltiples rubros indemnizatorios. El Tribunal hizo parcialmente lugar a la demanda: declaró la existencia de relación de trabajo agraria continua (categoría capataz), confirmó despido indirecto y condenó a la demandada a pagar capitales por $2.376.179,08 y, con actualización e intereses conforme Art. 54 Ley 27.802 (IPC + 3%), un total de $63.093.788,79; además hizo lugar a la acción sistémica por accidente de trabajo y condenó a pagar $9.581.358,30.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor:
Bessa, Patricio Hernán.
Demandado:
Grandes Chicos S. A.
Objeto:
Indemnizaciones por despido (despido indirecto), diferencias salariales, multas y demás rubros derivados de una relación de trabajo agraria permanente (Ley 26.727 y Ley 20.744) y prestaciones dinerarias y reparación por accidente de trabajo ocurrido el 13/07/2020.
Decisión:
Se declaró la existencia de relación de trabajo agraria permanente (categoría capataz) desde el 01/02/2019; se consideró configurado el despido indirecto con fecha 01/11/2021; se hizo lugar a la mayoría de los rubros reclamados por el actor en materia de despido con capital sentencia $2.376.179,08 y, aplicando actualización IPC + 3% (Art. 54 Ley 27.802), condenó a la demandada al pago total de PESOS SESENTA Y TRES MILLONES NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 63.093.788,79). Asimismo, hizo lugar a la acción sistémica por el accidente del 13/07/2020 y condenó a la demandada al pago de PESOS NUEVE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON TREINTA CENTAVOS ($ 9.581.358,30). Se declaró inaplicable el DNU 70/2023, la Ley 27.742 y la Ley 27.802 (excepto Art. 54); y se declaró la inconstitucionalidad del Art. 55 de la Ley 27.802.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de 2-3 párrafos relevantes, lenguaje original):
"De dichas probanzas surge evidente y prístino según mi opinión que las tareas desempeñadas por el Sr. Bessa en favor de la accionada no fueron dentro de un régimen de changas como pretende la accionada sino de una verdadera relación de trabajo rural permanente de prestación continua dentro de la Ley 26.727 y concordantes."
"Del intercambio epistolar detallado in extenso en los puntos precedentes surge que la relación de trabajo dentro del régimen agrario Ley 26.727 finaliza por despido indirecto en que se coloca la parte actora configurado en fecha 1 de Noviembre de 2021 (misiva identificada con Letra D) fecha no controvertida por las partes en sus escritos constitutivos."
"Con el dictamen pericial médico presentado en autos en fecha 31 de Mayo de 2023 la experta galena señaló que (...) Se concluye que el actor presenta una incapacidad parcial y permanente de 24,6%. Presenta dificultad severa para realizar tareas que impliquen esfuerzos físicos constantes y repetitivos, o cualquier actividad aeróbica, debiendo en ocasiones guardar reposo absoluto; actualmente no puede realizar ningún tipo de changas, estando desocupado, a causa de las lesiones físicas padecidas."
(Dispositivo principal del fallo, extracto)
"FALLO: I) Decretar la inaplicabilidad al caso de marras de las normas del DNU 70/2023, Ley 27.742 y Ley 27.802 a excepción del Art. 54 de la última norma... II) Declarar la inconstitucionalidad del Art. 55 de la Ley 27.802. III) Haciendo lugar a la demanda incoada ... condenándolo a abonar a la actora la suma de PESOS SESENTA Y TRES MILLONES NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 63.093.788,79)... V.
- Hacer lugar, a la acción promovida por accidente de trabajo ... condenándolo a abonar a la actora la suma total de PESOS NUEVE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON TREINTA CENTAVOS ($ 9.581.358,30)..."
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