Logo

GONZALEZ HERNAN JAVIER C/ AUTOSERVICIO MAYORISTA DIARCO S.A S/ DESPIDO

El actor promovió demanda por despido directo reclamando diferencias indemnizatorias e integración de rubros no remunerativos. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda, declaró inaplicables el DNU 70/2023, la Ley 27.742 y la Ley 27.802 (con declaración de inconstitucionalidad del art. 55 de la Ley 27.802) y condenó a la demandada al pago de $8.768.825,24 por capital, actualización e intereses.

Indemnizacion por antiguedad Despido directo Convenio oit 95 Inconstitucionalidad art. 55 ley 27.802 Actualizacion ipc + 3% (art. 54 ley 27.802) Rubros no remunerativos / remuneratividad Dnu 70/2023 y ley 27.742 inaplicables Art. 80 lct (ley 25.345) Ley 25.323 (intimacion y pago) Costas y deposito judicial observaciones breves: la sentencia es de primera instancia del tribunal de olavarria La decision mayoritaria declaro la inaplicabilidad de normas laborales posteriores y dio tratamiento remuneratorio a los adicionales del cct 40/89 en aplicacion del convenio 95 oit Determinando montos concretos y la forma de actualizacion (art. 54 ley 27.802) luego de declarar inconstitucional el art. 55 de esa ley.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: GONZALEZ, HERNAN JAVIER, representado por el Dr. Jaime Sebastián Suñol. Demandado: AUTOSERVICIO MAYORISTA DIARCO S.A., representada por el Dr. Oscar A. Vannoni. Objeto: Indemnizaciones por despido directo (liquidación completa por despido: antigüedad, preaviso, vacaciones proporcionales, SAC, diferencias indemnizatorias), recálculo incluyendo rubros que la actora sostiene son remuneratorios (viático especial, adicional comida conforme CCT 40/89), multas por falta de entrega de certificados y aplicación de intereses/actualización. Decisión: Se declaró la inaplicabilidad del DNU 70/2023, de la Ley 27.742 y de la Ley 27.802 al caso (excepto aplicación del art. 54 de la Ley 27.802), se declaró la inconstitucionalidad del art. 55 de la Ley 27.802, y se hizo lugar parcialmente a la demanda condenando a la empresa a pagar en total PESOS OCHO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($ 8.768.825,24) por capital ($4.340.904,14) más actualización por IPC y 3% anual de intereses en los términos del art. 54 Ley 27.802.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): 1) Sobre la inaplicabilidad de normas laborales posteriores: "Lo que debe resolverse, entonces, es si al asunto de marras le es aplicable o no el D. N. U. 70/2023 y la Ley 27.742 para en la eventualidad de que resulten aplicables puedan pasarse a resolver sobre la constitucionalidad y/o convencionalidad planteada o no, ya que si se concluyera que no es aplicable, el pronunciamiento sobre constitucionalidad o convencionalidad resultaría abstracto y por ende impropio de la judicatura..." "Con ello, entiendo que en autos debemos hacer prevalecer la subsistencia de la condición más beneficiosa para la parte trabajadora, es decir que una nueva norma posterior no puede perjudicar condiciones más beneficiosas tenidas en cuenta a la celebración del contrato de trabajo que une a las partes." 2) Sobre la remuneratividad de los rubros y aplicación del Convenio OIT 95: "Tal como lo resolviera nuestro Tribunal en los autos caratulados: 'Alvarez, Cristian Omar c/ Embotelladora Valparaiso S. A. s/ Diferencia de Indemnizacion' Exp. 723/2020 ... considero que es de indudable aplicación en los presentes autos el Convenio 95 de la Organización Internacional del Trabajo... Dicho Convenio determina en su artículo primero que 'A los efectos del presente Convenio, el término salario significa la remuneración o ganancia, sea cual fuere su denominación o método de cálculo...'. De ello surge prístino que salario es toda remuneración o ganancia sin importar la denominación que se le dé a dicha suma de dinero que se trate." "De ello deviene que a ambos adicionales del CCT 40/89 para la categoría Recibidor de Guías se les debe dar el carácter de remuneratorios." 3) Sobre la inconstitucionalidad del art. 55 Ley 27.802 y elección de criterio de actualización: "Entiendo, siguiendo en ese aspecto al Dr. Formaro, Juan J. ... que el Art. 55 es inconstitucional por '(.) La igualdad ante la ley (art. 16, CN) no tolera una distinción de tratamiento basada en la existencia o carencia de una acción judicial en trámite...'." "De dichas simples operaciones aritméticas deviene la regresividad de la norma de Art. 55 de la Ley 27.802, la que agregada a la violación de los Arts. 14 Bis, 16, 18, 28 de la Constitución Nacional propugno su declaración de inconstitucionalidad y la aplicación al caso de marras de la norma del Art. 54 de la Ley 27.802 (IPC + 3% anual) con el último índice publicado." 4) Bloque dispositivo (resumen del fallo): "FALLO: I) Decretar la inaplicabilidad al caso de marras de las normas del DNU 70/2023, Ley 27.742 y Ley 27.802 a excepción del Art. 54 de la última norma... II) Declarar la inconstitucionalidad del Art. 55 de la Ley 27.802. III) Haciendo lugar parcialmente a la demanda ... condenándolo a abonar ... PESOS OCHO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($ 8.768.825,24) ... con expresa condena en costas a la vencida (Art. 24 de la Ley 15.057)."
- Votos: El voto del Dr. López Arévalo constituye el fundamente principal y los Dres. Benítez y Baldoni adhieren en igual sentido, por lo que la decisión corresponde a la mayoría.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar