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BOUR OMAR MARCELO C/ PROVINCIA A.R.T. S.A. S/ MATERIA A CATEGORIZAR

El actor reclamó reparación integral por accidente de trabajo ocurrido el 5/9/2013 y solicitó, además, declaración de inconstitucionalidad de normas de la Ley 24.557 y otras. El Tribunal hizo lugar a la excepción de prescripción opuesta por Provincia ART S.A., rechazó la demanda por prescripción bianual y rechazó los planteos de inconstitucionalidad por devenir abstractos.

Costas Accidente de trabajo Prescripcion Comision medica Excepcion de prescripcion Caducidad de la instancia Ley 24.557 Junin Regular honorarios Art. 2547 ccycn

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Bour Omar Marcelo, representado por la Dra. Aldana Yesica Carini. Demandado: Provincia A.R.T. S.A. Objeto: Reparación integral por daños derivados de accidente de trabajo ocurrido el 5/9/2013, con pedido accesorio de declaración de inconstitucionalidad de arts. 12 y 14 Ley 24.557, arts. 7 y 10 Ley 23.928 y art. 3 Ley 26.773. Decisión: Se hizo lugar a la excepción de prescripción opuesta por Provincia ART S.A. y, en consecuencia, se rechazó la demanda; se impusieron las costas al actor y se regularon honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "Considero que asiste razón al excepcionante (art. 36 ley 15.057). Conforme surge de los hechos no controvertidos, el actor sufrió un accidente de trabajo con fecha 5 de septiembre de 2.013 y concurrió a la Comisión Médica Jurisdiccional. [...] El accionante promovió los presentes con fecha 20 de agosto de 2.024 a las 14:48:16 hs Sin embargo, en forma previa, había iniciado con fecha 18 de diciembre de 2017 la causa caratulada 'Bour Omar Marcelo C/ Provincia A. R. T. S. A. S/ Materia a Categorizar.-', Expte. n° 36.039, autos que tramitaron, efectivamente, ante éste Tribunal, proceso en el cual se dictó pronunciamiento definitivo el dia 30 de julio de 2.024, habiéndose declarado operada la caducidad de la instancia, sentencia que se encuentra firme y consentida. [...] entiendo que desde dicho momento comenzó a correr el plazo de prescripción de la acción por el cobro de la diferencia de indemnización por incapacidad, que se hallaba interrumpido por el trámite administrativo previo. En este mismo sentido, he de considerar la regla del art. 44 de la ley 24.557 que determina una prescripción bianual (art. 3 CCCN). Ahora bien: el expediente N° 36.039 finalizó con fecha 30 de julio de 2.024, por caducidad de instancia, encuadrando el supuesto bajo la subsunción de la regla del art. 2547 del CCC segundo párrafo, el cual establece '... La interrupción del curso de la prescripción se tiene por no sucedida si se desiste del proceso o caduca la instancia.' Es decir, desde el día 19 de septiembre de 2016 hasta la fecha de inicio de los presentes (20 de agosto de 2024), transcurrió en exceso el plazo de prescripción normado en el art. 44 de la ley 24.557 (arts. 2547 CCyCN).." Dispositivo (transcripción relevante): "I.
- Hacer lugar a la excepción de prescripción deducida por Provincia ART S.A. y, en consecuencia, rechazar la demanda incoada por Omar Marcelo Bour (art. 44 LRT art. 2546 y 2547 CCCN), conforme los argumentos expuestos en los considerandos que anteceden; asimismo, rechazar las inconstitucionalidades normativas peticionadas, por los fundamentos expuestos (art. 75 inc. 22 Const. Nac.) II. Imponer las costas al actor que resulta vencido (art. 24 de la ley 15.057). III. Regular los honorarios, de los profesionales intervinientes, de la siguiente manera:
- Dra. Aldana Y. Carini apoderada de la parte actora en la cantidad de 7 jus y Dr. Luciano Emanuel Duhalde apoderado de Provincia ART S.A. en la cantidad de 7 jus ."

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