FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ TRANSMART S.R.L. S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco provincial promovió acción de apremio para cobrar deuda fiscal por títulos ejecutivos. El Tribunal hizo lugar a la ejecución ordenando trance y remate por PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS OCHO CON VEINTE CENTAVOS ($4.250.808,20), más intereses y costas, y tuvo por constituido el domicilio en los estrados por incumplimiento de notificaciones.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
Demandado: TRANSMART S.R.L.
Objeto: Ejecución fiscal (trance y remate) por títulos ejecutivos por el pago del capital reclamado de $4.250.808,20 más intereses; cumplimiento de obligaciones fiscales conforme Código Fiscal T.O. 2011.
Decisión: Se hizo lugar a la ejecución, ordenando llevar adelante la causa de trance y remate hasta que TRANSMART S.R.L. pague íntegramente el capital reclamado de $4.250.808,20, más intereses desde la interposición de la demanda hasta el efectivo pago; con costas. Se difirió la regulación de honorarios hasta que exista liquidación firme. Se tuvo por constituido el domicilio de la demandada en los estrados del juzgado por no haber cumplido con los requisitos de notificación.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos de la sentencia):
"I.
- La parte demandada que fue notificada, bajo responsabilidad del fisco actor, en su domicilio fiscal (art. 32 Código Fiscal T.O 2.011), no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa el actuario en este acto.
- En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar.
- (arts. 7 Ley 13.406 y 155 C.P.C.C.).-"
"II.
- Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta de los títulos ejecutivos obrantes en la causa, y lo dispuesto por los arts. 104 y 168 del Código Fiscal T. O. 2.011.-"
Fallo dispositvo:
"1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada TRANSMART S.R.L. haga al acreedor Fisco de la Provincia de Buenos Aires, íntegro pago del capital reclamado de PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS OCHO CON VEINTE CENTAVOS ($4.250.808,20) en concepto de capital reclamado, con más sus intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal,
- Con costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.).-"
"2º) Difiérese la regulación de honorarios del Letrado interviniente hasta tanto obre en autos liquidación firme.-(arts. 51 Ley 14.967 y 22 Ley 13.406).-"
"3º) No habiendo la parte demandada, dado cumplimiento a lo dispuesto por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituído el domicilio en los estrados del juzgado.
- (art. 133 C.P.C.C.).-"
- No aparecen votos en disidencia ni divergencias consignadas en el texto aportado.
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