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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ VIÑUELA Y CIA SCA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución por apremio provincial contra VIÑUELA Y CIA S.C.A. por deuda tributaria. El Tribunal dictó sentencia de trance y remate y ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro de $1.452.098,80 más intereses conforme al art. 104 del Código Fiscal; además constituyó domicilio judicial de la parte ejecutada y condenó en costas al vencido.

Sentencia de trance y remate Ejecucion fiscal Apremio provincial Costas al vencido Ley 13.406 155 116 Fisco de la provincia de buenos aires Intereses art. 104 codigo fiscal Vinuela y cia s.c.a. Cpcc (arts. 41 556) Constitucion de domicilio judicial

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: VIÑUELA Y CIA S.C.A. Objeto: Ejecución por apremio provincial del capital reclamado por deuda (tributaria) por Pesos UN MILLON CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL NOVENTA Y OCHO CON 80/100 ($1.452.098,80), con aplicación de intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Decisión: Se tuvo por constituido el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado; se dictó sentencia de trance y remate ordenando llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del monto reclamado con intereses; se impusieron las costas al vencido y se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal como aparecen en la sentencia): "El demandado VIÑUELA Y CIA S.C.A., cuya intimación de pago y de constitución de domicilio fue realizada en el domicilio Fiscal: Calle RAFAEL OBLIGADO
- Nro. 5609
- CP. 8000
- Loc. BAHIA BLANCA (ver mandamiento adjuntado digitalmente), no ha opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido. Dásele por perdido, en consecuencia, el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC)." "1) Tener por constituido el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7, Ley 13.406 y 41 del CPCC)." "2) Dictar sentencia de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado VIÑUELA Y CIA S.C.A. haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado de Pesos UN MILLON CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL NOVENTA Y OCHO CON 80/100 ($1.452.098,80). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (TO Resolución 39/11) desde la fecha de interposición de la demanda y hasta su efectivo pago." "3) Imponer las costas al vencido (arts. 25, Ley 13.406 y 556, CPCC) y diferir la regulación de honorarios para su oportunidad."

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