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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MULLER KATJA GABRIELA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución por apremio provincial reclamando $768.661,70 más intereses. El Tribunal ordenó continuar la ejecución y condenó a la demandada al pago del capital reclamado e intereses conforme el art. 104 del Código Fiscal, con costas a la vencida.

Domicilio constituido Costas al vencido Trance y remate Fisco de la provincia de buenos aires 70 Intereses art. 104 codigo fiscal Regulacion de honorarios diferida Notificacion ministerio de ley Ejecucion por apremio provincial Pago de capital $768.661 Art. 155 c.p.c.c. (perdida de defensa)

¿Qué se resolvió en el fallo?


- Quién demanda (Actor) FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
- A quién se demanda (Demandado) MÜLLER KATJA GABRIELA.
- Qué se reclama (Objeto de la demanda) Ejecución por apremio provincial — pago íntegro del capital reclamado de PESOS SETECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UNO CON 70/100 ($768.661,70), más intereses.
- Qué se resolvió (Decisión del tribunal) Se hizo lugar a la ejecución: se mandó llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada haga al actor íntegro pago del capital reclamado ($768.661,70) con los intereses previstos en el art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago; se impusieron las costas al vencido; se difirió regulación de honorarios; se ordenó notificar y registrar conforme normas citadas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los 2-3 párrafos más relevantes y citas textuales): "Agregado en este acto el escrito electrónico que se acompaña junto a la manda y su diligencia, corresponde expedirme conforme lo peticionado por el actor. Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, conforme surge del mandamiento de intimación de pago y su diligencia, notificado en el domicilio fiscal del demandado (art. 14 Acordada 2514/92), se le da por perdido el derecho que para hacerlo tenía (art. 155 C.P.C.C.).- Hallándose la demandada debidamente intimada a constituir domicilio, conforme emerge del mandamiento aludido, téngaselo por constituido en los Estrados del Juzgado (art. 7 de la Ley Nº 13.406 y art. 41 del C.P.C.C.).-" Bloque dispositivo (texto final del fallo): "I.
- Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada, MÜLLER KATJA GABRIELA haga al accionante FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de PESOS SETECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UNO CON 70/100 ($768.661,70), con más los intereses conforme lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal (T.O. Res. M.E. 39/11) desde la interposición de la demanda, y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas al vencido (art. 68 del C.P.C.C. supletorio art. 25 de la Ley 13406).- II.
- Difiérese la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el art. 51 de la Ley Nº 14.967.- III.
- REGISTRESE, NOTIFIQUESE a la parte actora se notifica conforme lo dispuesto en el art. 10 del Anexo Único de la Ac. 4039 SCBA y a la parte demandada ministerio ley (conf. art. 135 inc. 12 del C.P.C.C., supletorio conf. art. 25 de la Ley 13.406, y art. 13 in fine de la Ley 13.406, respectivamente).-"

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