FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ SALA DIEGO JOSE HERNAN S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco provincial solicitó la homologación de un acuerdo de pago en causa de apremio provincial. El Tribunal homologó el acuerdo conforme el art. 23 de la Ley 13.406, tuvo por reconocida la firma, declaró los honorarios pactados y ordenó el levantamiento de la medida cautelar (embargo) bajo responsabilidad del apoderado fiscal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
Demandado: Sala Diego José Hernán.
Objeto: Solicitud de judicial homologación de un acuerdo de pago oportunamente presentado en autos de apremio provincial y pedido correlativo de levantamiento de la medida cautelar (embargo).
Decisión: Se reconoció la firma del acuerdo, se homologó el acuerdo de pago con los alcances del art. 23 de la Ley 13.406, se tuvieron presentes los honorarios pactados a favor del letrado representante del Fisco y se ordenó el levantamiento del embargo bajo la exclusiva responsabilidad del apoderado fiscal.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes):
"I.
- Tener por reconocida la firma inserta en acuerdo de pago oportunamente allegado.-
II.
- Homologar el mencionado acuerdo de pago, con los alcances previstos en el art. 23 de la Ley 13.406.-
III.
- Tener presentes los honorarios pactados a favor del letrado representante del Fisco Provincial, ALEM MARIA CELIA, en la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA CON 0/100 ($132.990,00) . Ello conforme lo prescripto en los artículos 22 de la Ley 13.406, modif. por Ley 15.016 -art.2
- y 2, 15, 16, 21, 22, 25 y 34 de la Ley 14.967, con más el aporte de Ley 6.716.-
IV.
- Bajo la exclusiva responsabilidad del apoderado fiscal, levántese la medida cautelar trabada
- Embargo
- en los presentes obrados.
Hágase saber al apoderado fiscal que el oficio a fin de efectivizar la medida antes ordenada, deberá ser enviado a confronte, ingresando su domicilio electrónico para su posterior notificación, una vez suscripto el mismo."
(Del encabezado de la sentencia: "Agrégese la presentación en despacho, mediante la cual el representante del Fisco de la Provincia de Buenos Aires solicita la judicial homologación del acuerdo oportunamente presentado:" y la parte resolutiva final reproducida arriba.)
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