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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ILLANES ANA MARIA S/APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución fiscal en causa de trance y remate por impuesto reclamando $22.884,70 más intereses. El Tribunal ordenó proseguir la ejecución hasta el íntegro pago del capital reclamado e intereses y declaró constituidos los efectos del apercibimiento, imponiendo costas a la vencida.

Imposicion de costas Ejecucion fiscal Trance y remate Art. 104 codigo fiscal Fisco de la provincia de buenos aires 70 Notificacion por ministerio legis. Constitucion de domicilio judicial Dif. regulacion de honorarios Art. 155 cpcc (perdida de excepciones) Monto $22.884

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: ANA MARIA ILLANES. Objeto: Ejecución fiscal en causa de trance y remate por el pago de capital reclamado de Pesos VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 70/100 ($22.884,70) más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (05/12/2014) hasta su efectivo pago. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución y se mandó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital e intereses; se impusieron las costas a la vencida; se tuvo por constituido el domicilio de la demandada en los estrados del juzgado y se dispuso notificación por Ministerio Legis.; se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos relevantes): "Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa el Actuario en este acto, conforme surge del mandamiento de intimación de pago diligenciado en el domicilio Fiscal: Calle LUIS PERLOTTI
- Nro. 2069
- Loc. MORENO, se le da por perdido el derecho que para hacerlo tenía (art. 155 CPCC).- Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dispuesto en los artículos 7, 25 y cctes. Ley 13406, artículos 540 y 549 del CPCC, y art. 2 inciso 8 y 76 bis del CPCA.- RESUELVO: I.
- Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada ANA MARIA ILLANES, haga al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 70/100 ($22.884,70) con más los intereses conforme lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal (T.O. Res. M.E. Nº 39/11) desde la interposición de la demanda, esto es, el 5/12/2014 y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas a la vencida (arts. 51 inciso 1º del CPCA -texto según ley 14.437).- II.
- Hallándose la demandada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 14/12/2015, conforme emerge de los términos del acta de mandamiento acompañado el 10/09/2026, téngase por constituido su domicilio en los estrados del juzgado (art. 7 Ley 13406). Disponiéndose en consecuencia, que la presente y las próximas providencias sean notificadas por Ministerio Legis.- III.
- Difiérese la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el artículo 51 de la Ley Nº 14.967. REGÍSTRESE. Notifíquese al Dr. MEDIOTTE FRANCO GERMAN en 20268659545@notificaciones.scba.gov.ar y a la accionada en los términos del art.133 del CPCC (cfme. art. 13 de la Ley 13.406).-" (No constan votos en disidencia ni otras firmas que modifiquen lo resuelto en el bloque dispositivo final.)

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