GARCIA LEONARDO OSCAR C/ YAN GUGU S/ REVOCACION CONTRACTUAL
El actor promovió demanda de resolución de boleto de compraventa y reintegro de la posesión por incumplimiento en el pago del precio. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró resuelto de pleno derecho el boleto y ordenó la restitución del inmueble en favor del actor, imponiendo las costas a la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: GARCIA LEONARDO OSCAR, por su propio derecho.
Demandado: YAN GUGU.
Objeto: Resolución del boleto de compraventa y reintegro/restitución de la posesión del inmueble sito en Larrazabal 1239/41 CABA por incumplimiento en el pago del precio pactado en dólares (precio total U$S 313.600), que debía abonarse en cuotas (veintinueve cuotas de U$S 5.120 cada una y una última de U$S 165.120).
Decisión: Se hizo lugar a la demanda, se declaró resuelto de pleno derecho el boleto de compraventa, se condenó a la demandada a restituir el inmueble libre de cosas y/o personas en el plazo de quince (15) días corridos una vez firme la sentencia, bajo apercibimiento de lanzamiento; costas a cargo de la demandada; regulación de honorarios diferida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes del fallo):
"Que el silencio de los accionados ante el traslado oportunamente corrido permite tener por ciertos los hechos expuestos en el inicio y por reconocida la documentación acompañada y que se le atribuye en los términos de los arts. 59, 60 y art. 356 inc.1º del CPCC.
- La existencia del boleto de compraventa de fecha 04/03/2022 se encuentra debidamente acreditada mediante el ejemplar acompañado por el actor, cuyo contenido no ha sido cuestionado ni redargüido de falso."
"Asi las cosas, el art. 1084 del CCCN establece que el incumplimiento es esencial cuando, entre otros supuestos, es grave o frustra el interés de la otra parte. La falta de pago del precio en una compraventa inmobiliaria constituye una causal dirimente para la resolución contractual. De la documentación agregada ,surge que sin perjuicio de no ser un requisto exigido por las partes en el contrato, se produjo la interpelación mediante dos cartas documento,(ambas agregadas al escrito postulatorio) ... y se cumple, de este modo, con el requisito exigido por el art. 1088 inc. b) del CCCN al otorgar el plazo de gracia legal para purgar la mora, sin que el deudor haya cumplido ni comparecido a demostrar lo contrario.."
"Por todo lo expuesto, corresponde hacer lugar a la demanda de resolución de contrato de compraventa por culpa de la parte compradora, declarar resuelto el vínculo obligacional instrumentado en el boleto y ordenar la desocupación y restitución del inmueble a favor de la parte actora"
FALLO (fragmento dispositvo):
"I.Hacer lugar a la demanda promovida por GARCIA LEONARDO OSCAR contra YAN GUGU declarando resuelto de pleno derecho el boleto de compraventa celebrado entre las partes respecto del inmueble ubicado en Larrazabal 1239/41 CABA, Condenar a la parte demandada y/o a cualquier ocupante precario del inmueble a restituirlo a la parte actora libre de cosas y/o personas, dentro del plazo de quince (15) días corridos de quedar firme esta sentencia, bajo apercibimiento de lanzamiento. II. Imponer las costas del proceso a la parte demandada vencida III.Diferir la regulación de honorarios profesionales para su oportunidad procesal.Regístrese y notifíquese."
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