FINCAS DE SAN VICENTE CLUB DE CHACRAS S.A. C/ LOPEZ CARLOS ADRIAN S/ COBRO EJECUTIVO DE EXPENSAS
Demanda ejecutiva de expensas por $10.144.301,12 contra el titular del Lote 245 por períodos mayo 2024 a octubre 2025. El Tribunal hace lugar a la ejecución, impone intereses moratorios del 2% mensual y punitorios del 3% mensual y condena en costas al ejecutado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Fincas de San Vicente Club de Chacras S.A., representada por el Dr. Julio Leandro Guerrero Lucas (apoderado).
Demandado: Carlos Adrián Lopez (en el cuerpo se menciona también a Gustavo Fabián Donato como titular de la parcela).
Objeto: Cobro ejecutivo de expensas comunes correspondientes al Lote 245 — Partida Inmobiliaria 110577-100 — por los períodos comprendidos entre mayo de 2024 y octubre de 2025, por la suma de $10.144.301,12 más intereses y costas.
Decisión: Se hace lugar a la ejecución promovida; se ordena llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado haga efectivo el pago del capital reclamada; se aplican intereses y se imponen las costas al ejecutado; se constituye el domicilio procesal electrónico en los estrados del Juzgado; se difiere la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos y citas del fallo):
- "Que con la presentación electrónica de fecha 14 de diciembre de 2025 se presenta el Dr. Julio Leandro Guerrero Lucas en su carácter de apoderado de Fincas de San Vicente Club de Chacras S.A. y promueve formal demanda por cobro de expensas comunes por el período comprendido entre el mes de mayo del año 2024 al mes de octubre de 2025 por el Lote 245
- número de Partida Inmobiliaria 110577-100 ... por la suma de $10.144.301,12 con más intereses y costas."
- Sobre título y facultades estatutarias: "Que de la copia del estatuto social, surge de su artículo 5°, 'e) A hacer efectivas las expensas a su cargo debiendo cumplir en la forma y plazos que establezca el directorio... f) Aceptar en caso de incumplimiento de sus obligaciones (tres o más meses de mora en el pago de las expensas) que se le ejecute un juicio por vía sumaria de cobro de expensas bajo la jurisdicción que establezca el directorio'."
- Sobre el reglamento: "el artículo 38° surge 'La falta de pago en término de las expensas, cualquiera fuera su naturaleza, dará derecho a la Sociedad a reclamar su cobro por vía ejecutiva y generará automáticamente un interés punitorio a favor de la sociedad... Se considera título ejecutivo al certificado de saldo deudor expedido por el Presidente, con informe de la Administración y del estudio Contable, y en el cual conste: a) la unidad deudora; b) nombre del propietario registrado en la sociedad; c) domicilio registrado en la sociedad que se considerara domicilio convencional... d) periodos y montos adeudados, discriminados mensualmente; e) tasa de intereses aplicable a cada uno de los periodos, e) suma total en ejecución.'"
- Sobre la incomparecencia y pérdida del derecho: "el demandado fue legalmente intimado de pago... y no ha comparecido a oponer excepciones legitimas admisibles dentro del término legal que tenía para hacerlo y que se encuentra vencido, correspondiendo darle por perdido el derecho que ha dejado de usar (art.166, 150, 155 CPCC)."
- Sobre la fijación judicial de intereses: "Por ello, en lo que respecta a intereses, si bien el reglamento indica que devengarán un interés moratorio y punitorio, el mismo no ha sido fijado... procederé a fijarlos judicialmente de la siguiente manera: intereses moratorios en un 2% mensual y punitorios, los que serán del 3% mensual. En ambos supuestos, deberán ser calculados en la medida que la sumatoria no supere el equivalente a una vez y media la tasa que cobra el Banco de la Nación Argentina para las operaciones de descuento a treinta días en mora... desde la fecha desde que cada suma es debida y hasta el día de su efectivo pago (arts.161 de la Constitución Provincial; 768, inc. 'c', Código Civil y Comercial de la Nación; 7 y 10, ley 23.928 y modif.)."
- Bloque dispositivo (decisión final): "FALLO: 1) Mando llevar adelante la ejecución promovida por Fincas de San Vicente Club de Chacras S.A., contra Carlos Adrián Lopez, hasta tanto este último le haga al primero efectivo pago del capital reclamado de Pesos Diez Millones Ciento Cuarenta y Cuatro Mil Trescientos Uno con 12/100 ($10.144.301,12) ... 2) Aplico los intereses enmarcados en el Considero III). 3) Impongo las costas al ejecutado vencido. 4) Hago efectivo el apercibimiento contenido en el art.41 del CPCC, y tengo al ejecutado por constituido su domicilio procesal y electrónico en los estrados del Juzgado. 5) Difiero la regulación de honorarios... 6) Mando a REGISTRAR."
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