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BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ GOMEZ VIVIANA ANDREA S/ COBRO EJECUTIVO

Ejecución promovida por el Banco de la Provincia de Buenos Aires contra Viviana Andrea Gómez por cobro ejecutivo de $7.187.154,06. El Tribunal hace lugar a la ejecución, morigera los intereses excesivos fijando tasa activa para punitorios y 12% anual compensatorio desde el 28/2/2025, concede justicia gratuita a la demandada e impone costas a ésta.

Costas Morigeracion de intereses Cobro ejecutivo Banco de la provincia de buenos aires Justicia gratuita 155 548 116 540 Contrato de refinanciacion Cpcc arts. 68 Tasa activa (banco provincia) Interes compensatorio 12% anual Fecha de mora 28/2/2025

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: Viviana Andrea GOMEZ. Objeto: Cobro ejecutivo por capital reclamado de $7.187.154,06 más intereses derivados de contrato de refinanciación. Decisión: Se ordena la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado y de los intereses, morigerados según pautas establecidas; se imponen las costas a la accionada vencida; se le concede a la demandada el beneficio de justicia gratuita; se difiere regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos literales relevantes del fallo): "Respecto a los intereses pactados en la cláusula tercera del contrato de refinanciación, resultando los mismos excesivos, corresponde morigerarlos. Consecuentemente, los mismos deben ser liquidados según la tasa activa (promedio de descuento del Banco de la Provincia de Buenos Aires), para los punitorios, mas los intereses compensatorios del 12 % anual, cuyo cálculo deberá efectuarse desde la fecha de mora 28/2/2025 y hasta el momento de su efectivo pago, mediante la aplicación que surge del sitio web www.scba.gov.ar.
- cálculo de intereses en línea
- (conf. R.S. NRO. 92 del 24 de Septiembre de 2013)." "A su respecto la doctrina ha dicho 'En la órbita del derecho del consumidor, la imposición de costas (...) se imponen según lo que disponga el código procesal que gobierne el proceso. De modo que las costas pueden ser impuestas tanto a la parte actora como a la parte demandada. Empero, en los casos de consumo rige el beneficio de justicia gratuita, tanto en los procesos individuales como colectivos (...). De modo que el consumidor (...) -ya sea como actor o demandado
- cuenta con el beneficio de justicia gratuita a su favor, el que juega de modo decisivo en el tema de las costas' (...) 'La existencia del beneficio de justicia gratuita no impacta en la imposición de costas, sino en su pago (..)'" "Conforme ello y citas expuestas considero que en los presentes actuados corresponde admitir el beneficio de justicia gratuita solicitado por la demandada, deviniendo abstracto el tratamiento de la inconstitucionalidad planteada, lo que así decido." Bloque dispositivo (FALLO): "1) Mandando llevar adelante la ejecución promovida por BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES contra Viviana Andrea GOMEZ hasta tanto el deudor le haga a la acreedora íntegro pago del capital reclamado de $7.187.154,06 con más los intereses, que se liquidarán siguiendo las pautas establecidas en el considerando segundo. 2) Imponiendo las costas a la accionada vencida (art. 68 del CPCC), difiriendo la regulación de los honorarios para la oportunidad prevista por el art.51 de la ley 14967. 3) Conceder a la parte demandada, Viviana Andrea GOMEZ el beneficio de justicia gratuita solicitado (art. 53 de la Ley 24.240 y art. 25 de la Ley 13.133)"

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