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ARRIGHI ALFREDO AMILCAR S/ SUCESION AB-INTESTATO

La sucesión intestada de Alfredo Amilcar Arrighi requirió la declaración de herederos universales. El Tribunal declaró por derecho y sin perjuicio de terceros que le suceden como herederos universales sus cuatro hijos, fundando la decisión en el certificado de defunción, partidas de nacimiento y la publicación de edictos con resultado negativo.

Hijos Declaracion de herederos Partidas de nacimiento Herederos universales Sucesion abintestato Art. 735 y 737 cpcc Registro de sentencia Publicacion de edictos (art. 734 cpcc) Art. 3410 y 3565 codigo civil Certificado de defuncion (27/01/2025)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Los interesados/solicitantes son sus hijos CAMILA SOLEDAD, EMILIANO RUBEN, ARIEL VALENTINO y CATALINA VICTORIA ARRIGHI. Demandado: El causante ALFREDO AMILCAR ARRIGHI (fallecido). Objeto: Se solicita la declaración de herederos en la sucesión abintestato de ALFREDO AMILCAR ARRIGHI. Decisión: Se declaró que, por el fallecimiento de Alfredo Amilcar Arrighi (27/01/2025), le suceden en carácter de herederos universales sus hijos CAMILA SOLEDAD, EMILIANO RUBEN, ARIEL VALENTINO y CATALINA VICTORIA ARRIGHI; se ordenó su registración.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de párrafos relevantes): "1º) Que con el certificado de defunción acompañado al escrito liminar se acredita la defunción de ALFREDO AMILCAR ARRIGHI, ocurrida el 27 de Enero de 2025.- 2º) Que el causante se encontraba divorciado de MARIA FERNANDA GORASSO conforme surge de la constancia acompañada electrónicamente con fecha 9-5-2025.- 3º) Que de esa unión nacieron CAMILA SOLEDAD el 1° de Octubre de 1989 y EMILIANO RUBEN ARRIGHI el 6 de Enero de 1998 (ver constancias acompañadas con fecha 21-4-2025 y 7-9-2026).- 4º) Que de la unión de hecho con NATALIA SOLANGE ALVAREZ nacieron ARIEL VALENTINO ARRIGHI el 15 de Abril de 2011 y CATALINA VICTORIA ARRIGHI el 25 de Enero de 2013 (ver constancias acompañadas electrónicamente con fecha 21-4-2025).- 5°) Que con los diarios y recibos acreditados en autos consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2º del CPCC., sobre cuyo resultado negativo informa el Sr. Actuario en este acto.- Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 3410, y 3565 Código Civil y 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de ALFREDO AMILCAR ARRIGHI le suceden en carácter de universales herederos sus hijos CAMILA SOLEDAD, EMILIANO RUBEN, ARIEL VALENTINO y CATALINA VICTORIA ARRIGHI.- REGISTRESE.-"

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