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ORTEGA, ROBERTO ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó reajustes previsionales y diferencias retroactivas contra ANSeS por el haber recalculado y la PBU. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia, ordenó el reajuste de la PBU, diferió el examen de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la ejecución y declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, imponiendo costas a la demandada.

Costas Inconstitucionalidad Anses Retroactivos Pbu Reajustes previsionales Movilidad previsional Honorarios de alzada Ley 27.609 Dnu 157/2018


¿Quién es el actor?

ORTEGA, ROBERTO ANTONIO (demandante/beneficiario jubilatorio).

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios; pago del haber recalculado y diferencias retroactivas, reclamo de actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y planteos de inconstitucionalidad de normas de movilidad (leyes 27.541, 27.609 y DNU 157/2018).

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia apelada que ordenó a ANSeS el pago del haber recalculado y las diferencias retroactivas; se ordenó el reajuste de la PBU conforme al considerando 1°; se diferió el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 1° de la ley 27.609 para la etapa de ejecución; se declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU N° 157/2018 y se impusieron las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida; se regularon honorarios de Alzada en el 30% de lo fijado en primera instancia. (Decisión conforme al bloque dispositivo final).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas literales relevantes): "1.2.
- ... se concluye que su falta de redeterminación ocasiona una merma que resulta confiscatoria por ser mayor al 15% -cfr. el fallo “Quiroga”, por lo tanto, cabe ordenar la actualización de dicho componente." "2.1.
- Respecto a la pretensión de que se declare la inconstitucionalidad del artículo 3 de la ley 27.426 corresponde remitirme en lo pertinente, por razones de celeridad y economía procesal, a lo fundamentos vertidos en mi voto en los autos FRO Nº FRO 8406/2024/CA1 'MAS, MABEL GLADIS...' En consecuencia, cabe confirmar la sentencia apelada." "En mérito al acuerdo que antecede, por mayoría, SE RESUELVE: I.
- Confirmar la sentencia apelada. II.
- Ordenar el reajuste de la PBU conforme lo resuelto en el considerando 1°. III.
- Diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 1° de la ley 27.609 para la etapa de ejecución. IV.
- Declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida. (cfr. artículos 68 CPCCN y 36 de la ley 27.423). V.
- Regular los honorarios de los profesionales actuantes en esta Alzada en el 30% de lo que se les fije en primera instancia."
- Disidencias/relevantes: Las Juezas Andalaf Casiello y Vidal expresaron disidencias parciales sobre la solución respecto de la movilidad (señalaron que disienten con la solución propuesta en virtud de precedentes de la Sala B respecto de la ley 27.541 y la ley 27.609), pero adhieren en lo esencial al acuerdo final; tales discrepancias figuran como votos con fundamentos propios y quedaron integradas en el acuerdo por mayoría.

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