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VELASCO LAZARO ISABEL S/ SUCESION AB-INTESTATO

Los hijos promovieron la sucesión intestada de Isabel Velasco Lázaro solicitando su declaratoria como herederos. El Tribunal declaró por derecho y sin perjuicio de terceros que corresponden como herederos universales a Mónica Alejandra Sayago y Marcelo Esteban Sayago, fundando la decisión en el certificado de defunción, el estado civil constado y la publicación del edicto con resultado negativo.

Declaratoria de herederos Notificaciones electronicas Sucesion ab-intestato Registro. Herederos universales 2424 737 Ley 8480 Codigo civil y comercial (arts. 2337 2426) 116) Cpcc (arts. 735 Certificado de defuncion (13/01/2026) Edicto de ley publicado (6/8/2026) con resultado negativo

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Marcelo Esteban SAYAGO y Mónica Alejandra SAYAGO. Demandado: La sucesión por fallecimiento de Isabel VELASCO LAZARO. Objeto: Se solicita la declaración sucesoria ab-intestato y el reconocimiento de los peticionantes como herederos universales de Isabel Velasco Lázaro. Decisión: Se declara, en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Isabel Velasco Lázaro le suceden en carácter de herederos universales sus hijos: Mónica Alejandra Sayago y Marcelo Esteban Sayago. Se registró la resolución y se ordenó la notificación electrónica.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "1º) Que con el certificado de defunción en trámite PARTIDA
- ACOMPAÑA (236800438029269012) se acredita la defunción de Isabel VELASCO LAZARO, ocurrida el 13/01/2026.- 2º) Que este había contraído matrimonio con Ricardo SAYAGO el día 4 de febrero de 1971 quien falleciera el 10 de febrero de 1991 (ver D.H en causa SAYAGO RICARDO S/SUCESION AB-INTESTATO
- -68027
- en trámite ante mí). 3º) Que de esa unión nacieron: Mónica Alejandra SAYAGO y Marcelo Esteban SAYAGO (ver D.H en causa SAYAGO RICARDO S/SUCESION AB-INTESTATO
- -68027
- en trámite ante mí). 4º) Según informa el Actuario en este acto en los términos del art.116 del CPCC, se ha constatado en https://www.boletinoficial.gba.gob.ar que el edicto de ley que prescribe el art. 734 inc. 2º del CPCC. se publicó en el día 6 de agosto de 2026, sobre cuyo resultado negativo también informa el Sr. Actuario en este acto. Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 2337, 2424 y 2426 del Código Civil y Comercial de la Nación y 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de Isabel VELASCO LAZARO le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: Mónica Alejandra SAYAGO y Marcelo Esteban SAYAGO." Además se consignó: "Téngase por cumplido con el artículo 3º de la Ley 8480." y la orden de notificación electrónica: "NOTIFIQUESE en forma directa por Secretaría, en virtud del Reglamento para las notificaciones por medios electrónicos (Ac. SCBA 4013, t.o. AC.4039/2021), a: 27224202860@notificaciones.scba.gov.ar"

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