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RODRIGUEZ MARISOL ALICIA C/ CAJA DE SEGUROS S.A. Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Aclaratoria y rectificación de sentencia por error material en el monto fijado en la condena. El Tribunal hizo lugar a la aclaratoria y ordenó que en el considerando y en el fallo la expresión trece millones doscientos cuarenta y seis mil se lea diecisiete millones doscientos cuarenta y seis mil, además de disponer notificaciones electrónicas.

Aclaratoria Error material Monto indemnizatorio Rectificacion de sentencia Notificaciones electronicas 166 Danos y perjuicios automotores 36 Cpcc arts. 34 Registro 373/2026 Parte actora: rodriguez marisol alicia Demandado: caja de seguros s.a. y otros.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: RODRIGUEZ MARISOL ALICIA. Demandado: CAJA DE SEGUROS S.A. y otros. Objeto: Reclamo por daños y perjuicios automotores con lesión o muerte (expte. caratulado DAÑOS Y PERJ. AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)). Decisión: Se hizo lugar a la petición de aclaratoria y se rectificó la SENTENCIA DEFINITIVA para corregir un error material en la expresión del monto. Se ordenó que donde decía "trece millones doscientos cuarenta y seis mil" ahora diga "diecisiete millones doscientos cuarenta y seis mil". Se instruyó registrar la resolución, notificar por medios electrónicos a las partes indicadas y dejar a cargo de la actora la notificación a los demandados no presentados en su domicilio real.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del acto): "AUTOS Y VISTOS: De conformidad con lo solicitado en el escrito caratulado ACLARATORIA
- SE SOLICITA (234900438029807301) y lo dispuesto por los arts. 34 inc. 5º 'e', 36 inc. 3º y 166 inc. 2º del CPCC, aclárese, rectifíquese e intégrese la SENTENCIA DEFINITIVA (258300438029748964) en el siguiente sentido: En el párrafo Considerando Cuarto, punto 4.1.
- y en el Fallo, Punto Segundo donde dice: '...trece millones doscientos cuarenta y seis mil...' debe decir y leerse: '...diecisiete millones doscientos cuarenta y seis mil...'. REGISTRESE en relación al Registro Nº 373/2026. En virtud de lo establecido por el art.11 del anexo 1 (Reglamento para las notificaciones por medios electrónicos) de la Ac. 3845 (t.o. art.1° del AC.3991/2020) dispongo notificar la presente en forma directa por Secretaría a los siguientes domicilios electrónicos Parte actora: 23177460559@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR Citada en garantía: 27268360315@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR Mediadora: 20296618595@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR Queda a cargo de la parte actora la notificación a los demandados no presentados en autos, en su domicilio real."

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