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DI MARCO MARIA PRIMITIVA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Solicitud de declaración de herederos ab-intestato por fallecimiento de María Primitiva Di Marco. El Tribunal declaró que, por fallecimiento de DI MARCO MARIA PRIMITIVA (11/12/2025), le suceden en carácter de herederos universales sus hijos Gerardo Raúl y Marisa Silvana Screpante, conforme arts. 2337, 2424 y 2426 CCyCN y arts. 735 y 737 CPCC.

Declaracion de herederos Sucesion ab-intestato Herederos universales Partidas de defuncion y matrimonio Arts. 735/737 cpcc Di marco maria primitiva Screpante gerardo raul Screpante marisa silvana Arts. 2337/2424/2426 ccycn Edicto de ley publicacion (art. 734 cpcc).

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Se advierte la intervención de la Dra. Screpante y la actuación peticionaria encaminada a acreditar la defunción y obtener la declaración sucesoria; los interesados que resultan llamados son los hijos de la causante: Gerardo Raúl y Marisa Silvana SCREPANTE. Demandado: No existe contraparte privada concreta; se tramita la sucesión ab-intestato de María Primitiva Di Marco. Objeto: Se solicita la declaración de herederos y la consecuente sucesión por fallecimiento de María Primitiva Di Marco (fallecida el 11/12/2025). Decisión: Se declaró que, por fallecimiento de DI MARCO MARIA PRIMITIVA, le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: Gerardo Raúl y Marisa Silvana SCREPANTE. Regístrese y notifíquese por correo electrónico.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes en lenguaje original del Tribunal): "1º) Que con la partida de defunción acompañada en archivo PDF en el escrito DEMANDA
- SE PRESENTA (238700438028815900) de fecha 20 de Abril de 2026 se acredita la defunción de Doña Maria Primitiva DI MARCO, ocurrida el día 11 de Diciembre de 2025. 2º) Que esta había contraído matrimonio con Don Raúl Benedicto SCREPANTE, el día 21 de Marzo de 1956 -ver la partida de matrimonio acompañada en archivo PDF en el escrito SE PROVEA
- SOLICITA (261100438029487984) de fecha 3 de Agosto de 2026-, quien falleciera el día 4 de Agosto de 2015 -ver Declaratoria de Herederos dictada en los autos "SCREPANTE RAUL BENEDICTO S/ SUCESION AB-INTESTATO" (Expte. N° MO-27779-2023), en trámite por ante éste Juzgado-. 3º) Que de esa unión, nacieron: Gerardo Raúl y Marisa Silvana SCREPANTE -ver las partidas de nacimiento acompañadas en archivo PDF en el escrito SE PROVEA
- SOLICITA (261100438029487984) de fecha 3 de Agosto de 2026-. 4º) Que según informa el Actuario en este acto en los términos del art. 116 del C.P.C.C., se ha constatado en https://www.boletinoficial.gba.gob.ar que el edicto de ley que prescribe el art. 734 inc. 2º del C.P.C.C. se publicó en el día 3 de Junio de 2026, sobre cuyo resultado negativo también informa el Sr. Actuario en este acto. Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los arts. 2337, 2424 y 2426 del Código Civil y Comercial de la Nación y 735 y 737 del C.P.C.C., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de DI MARCO MARIA PRIMITIVA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: Gerardo Raúl y Marisa Silvana SCREPANTE." Notificación ordenada: "REGISTRESE. NOTIFIQUESE en forma directa por Secretaría al domicilio electrónico: 20302645397@notificaciones.scba.gov.ar en virtud del Reglamento para las notificaciones por medios electrónicos (Ac. SCBA 4013, t.o. AC.4039/2021), sin que sea necesaria respuesta de la parte a quien se dirige la notificación."

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