Logo

VIOLA ALCIRA CARMEN Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO

Solicitud de declaración de herederos abintestato por fallecimiento de Raúl Eduardo Barton y Alcira Carmen Viola. El Tribunal declara por derecho que los hijos Fernando Raúl Barton y Marina Elizabet Barton son herederos universales de ambos causantes y que la cónyuge Alcira Carmen Viola (fallecida) sucedía respecto de bienes propios conforme a las normas invocadas.

Matrimonio Codigo civil Cpcc Hijos Declaracion de herederos Notificacion electronica Sucesion ab-intestato Herederos universales Edicto de ley Acto registral.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La parte heredera (identificada en el expediente como Alcira Carmen VIOLA y/o sus hijos Fernando Raul BARTON y Marina Elizabet BARTON). Demandado: No se individualiza parte demandada; se tramita la declaración de herederos abintestato. Objeto: Se solicita la declaración de herederos por fallecimiento de Raúl Eduardo BARTON (15/01/2001) y de Alcira Carmen VIOLA (11/12/2024), para la sucesión ab-intestato. Decisión: Se hace lugar a lo solicitado y se declara, conforme a las normas invocadas, quiénes son los herederos universales de ambos causantes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los pasajes más relevantes): "Que con el certificado adjunto en DEMANDA
- SE PRESENTA (259000438029088948) se acredita la defunción de Raul Eduardo BARTON, ocurrida el 15/01/2001." "Que éste había contraído matrimonio con Alcira Carmen VIOLA el día 28/02/1974 y con el certificado de defunción adjunto en DEMANDA
- SE PRESENTA (259000438029088948) se acredita el fallecimiento de Alcira Carmen VIOLA ocurrido con fecha 11/12/2024." "Que de dicha unión nacieron: Fernando Raul BARTON y Marina Elizabet BARTON (ver constancias adjuntas en DEMANDA
- SE PRESENTA (259000438029088948))." "Según informa el Actuario en este acto en los términos del art.116 del CPCC, se ha constatado en https://www.boletinoficial.gba.gob.ar que el edicto de ley que prescribe el art. 734 inc. 2º del CPCC. se publicó en el día 24/06/2026, sobre cuyo resultado negativo también informa el Sr. Actuario en este acto." "Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 3410, 3545 y 3570 Código Civil -vigentes al momento del fallecimiento del causante
- y 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de Raul Eduardo BARTON le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: Fernando Raul BARTON y Marina Elizabet BARTON y su cónyuge Alcira Carmen VIOLA, este último respecto de los bienes propios si los hubiere y sin perjuicio de lo que la ley le acuerda respecto de los bienes gananciales; y, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 2337, 2424, 2433 y 2435 del Código Civil y Comercial de la Nación y 735 y 737 del CPCC., que por fallecimiento de Alcira Carmen VIOLA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: Fernando Raul BARTON y Marina Elizabet BARTON." Notificaciones: Regístrese. Notifíquese en forma directa por Secretaría conforme Reglamento para notificaciones por medios electrónicos (Ac. SCBA 4013, t.o. AC.4039/2021) a: 23270862764@notificaciones.scba.gov.ar

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar