BENEFICIARIO: LOPEZ, ENRIQUE GABRIEL s/HABEAS CORPUS
Habeas corpus presentado por interno por suspensión de visitas y demora en la notificación. La Cámara Federal de Salta confirmó el auto que rechazó la acción al entender que la pretensión no encuadra en la vía extraordinaria del hábeas corpus y que no se acreditó agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención.
¿Quién es el actor?
Enrique Gabriel López, alojado en el Complejo Penitenciario Federal NOA III.
¿A quién se demanda?
División Visita y Correspondencia del mencionado complejo / autoridades penitenciarias (vía del hábeas corpus contra la medida administrativa).
- Objeto de la demanda: Acción de hábeas corpus por la suspensión temporal (30 días) del régimen de visitas de su pareja, Melisa Vanesa Burgos, y por la supuesta demora en la notificación de dicha sanción; denuncias de abuso de autoridad, discriminación y mal desempeño laboral.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el auto del 16/9/2026 que rechazó la acción de hábeas corpus interpuesta por Enrique Gabriel López y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Que corresponde confirmar el auto elevado en consulta que rechazó la acción interpuesta por Enrique Gabriel López, aunque por distintos motivos que los invocados por el juez a quo."
"Ahora bien, corresponde recalcar que el habeas corpus, al tratarse de un recurso excepcional, no puede ser utilizado para obtener respuestas a peticiones como la del sub-lite, ya que implicaría desvirtuar los alcances y la naturaleza del instituto."
"En estas condiciones, de haber considerado el interno que la notificación resultó por demás tardía, debió articular su reclamo por la vía administrativa o, eventualmente ante el juez a cuya disposición se encuentra detenido. En consecuencia, toda vez que no se verifica en la especie ninguna circunstancia excepcional que autorice a habilitar esta vía constitucional, corresponde, en las condiciones señaladas, confirmar la decisión elevada en consulta."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; el Dr. Alejandro Augusto Castellanos no suscribe por hallarse en uso de licencia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: