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VACAS JORGE LUIS Y SADURNI ANA MARIA S/ SUSECIÓN AB INTESTATO

Se ventiló un trámite de sucesión intestada por el fallecimiento de Sadurni Ana María y se requirió la declaración judicial de herederos. El Tribunal declaró heredores universales a los cinco hijos del causante, fundando la resolución en el certificado de defunción, acta de matrimonio, partidas de nacimiento y la publicación de edictos con resultado negativo.

Declaracion de herederos Sucesion intestada Herederos universales 2424 2426 2337 737 2433) 116) Cpcc (arts. 735 Codigo civil y comercial (arts. 7 Inscripcion registral (sin efecto) Certificado de defuncion (17/09/2025) Matrimonio (19/01/1962) Publicacion de edictos (26/05/2026) Actuaria informe resultado negativo

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Presentante identificado en autos como D. H., solicitando la declaración de la sucesión abintestato de Sadurni Ana María. Demandado: No existe parte demandada determinada; se tramita la sucesión intestada sin adversario concreto. Objeto: Que se declare la sucesión intestada por el fallecimiento de Sadurni Ana María y se proclamen sus herederos universales. Decisión: Se declara que por el fallecimiento de SARDUNI ANA MARIA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: MARIA ALEJANDRA, FERNANDO GABRIEL, MARCELO CLAUDIO, MARIA JOSE y MARIA JIMENA VACAS Y SARDUNI.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del decisorio): "1º) Que con el certificado de defunción adjunto a la presentación de fecha 20/04/2026 se acredita el fallecimiento de SARDUNI ANA MARIA ocurrido el día 17/09/2025.- 2º) Que ésta era de estado civil casado en sus primeras nupcias con JORGE LUIS VACAS, el día 19/01/1962, prefallecido a la misma el día 26/02/2011 -ver D.H. de fs. 39 dictada el 02/09/2014 y certificado de matrimonio adjunto a la presentación de fecha 20/04/2026-.- 3º) Que de esa unión nacieron: MARIA ALEJANDRA (22/03/1963), FERNANDO GABRIEL (06/12/1966), MARCELO CLAUDIO (12/12/1969), MARIA JOSE (08/08/1973) Y MARIA JIMENA (19/03/1982) -ver certificados de nacimientos adjuntos a la presentación de fecha 20/04/2026 y el obrante a fs. 20.- 4º) Que con fecha 26/05/2026 se ha efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 2340 del Código Civil y Comercial, sobre cuyo resultado negativo informa la Actuaria en este acto (art. 116 del CPCC) y que se puede constatar a través del link: https://boletinoficial.gba.gob.ar/secciones/14181/ver.- Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos arts.7, 2337, 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de SARDUNI ANA MARIA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: MARIA ALEJANDRA, FERNANDO GABRIEL, MARCELO CLAUDIO, MARIA JOSE Y MARIA JIMENA VACAS Y SARDUNI. REGISTRESE.- Para que los herederos declarados cuenten con una copia de la presente resolución, cuya firma digital puede ser verificada accediendo mediante el código QR, notifico la misma al domicilio electrónico constituido en este expediente por las partes 27173238598@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR Se deja constancia que la misma carece de todo valor a los fines de la inscripción, cesión y/o transmisión de bienes y derechos, como así también que carece de valor para el cobro de suma alguna de dinero.-"

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