CUESTA GERMAN NICOLAS S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Solicitud de beneficio de litigar sin gastos en demanda por daños y perjuicios automovilísticos. El Tribunal otorgó el beneficio en un 100% a favor de Cuesta Germán Nicolás hasta tanto mejore de fortuna, por reunir los requisitos legales y aprobar la información sumaria producida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: CUESTA GERMAN NICOLAS (DNI 39568037), solicitante del beneficio de litigar sin gastos.
Demandado: PEREZ JUAN MANUEL y otros, partes en la causa principal “CUESTA GERMAN NICOLAS C/ PEREZ JUAN MANUEL Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)” (Exp. Nº122380).
- Qué se reclama (Objeto de la demanda incidental): Se solicita el beneficio de litigar sin gastos (petición de justicia gratuita) en el marco del proceso por daños y perjuicios automovilísticos.
Decisión: Se otorgó el beneficio de litigar sin gastos en un 100% a favor de Cuesta Germán Nicolás hasta tanto mejore de fortuna; se ordenó su registración y notificación digital conforme a normativa aplicable.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos más relevantes):
"atento a lo solicitado y lo que resulta de las declaraciones testimoniales presentadas prestadas en (AUDIENCIA
- ACTA (260800597025979764);AUDIENCIA
- ACTA (263700597025979676) en AUDIENCIA
- ACTA (256600597025979761); de los informes al Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires
- OFICIO RECIBIDO (247200597025738570), al Registro de la Propiedad Inmueble C.A.B.A.
- OFICIO RECIBIDO (244100597024661608), al Registro de la Propiedad Automotor, -OFICIO RECIBIDO / SE PROVEE (246200597025744932)
- y demás constancias de autos, que el infrascripto las aprecia conforme lo dispone el artículo 384 del C.P.C.C. y lo previsto por el artículo 80 del Código citado, sin perjuicio de la titularidad que detenta CUESTA GERMAN NICOLAS
- DNI 39568037
- en relación a la titularidad del automotor acreditada en autos, que a estas alturas en nada modifica el horizonte que se visualiza; es que se colige y así lo hago, apruébese en cuanto ha lugar por derecho la información sumaria producida."
"En su consecuencia, hallándose reunidos los requisitos exigidos por el artículo 79 del Código de rito y de acuerdo a lo que dispone los artículos 81 y 84 del citado cuerpo legal, RESUELVO: otorgar en un 100% a CUESTA GERMAN NICOLAS
- DNI 39568037 -el beneficio de litigar sin gastos que solicitara en virtud de la acción iniciada en autos: 'CUESTA GERMAN NICOLAS C/ PEREZ JUAN MANUEL Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)'
- EXP. Nº122380 hasta tanto mejore de fortuna. REGISTRESE. NOTIFIQUESE, a través de la remisión de copia digital de la presente en el domicilio electrónico del profesional y por añadidura a sus patrocinados/mandantes, teniéndose por cumplida la notificación el día martes o viernes inmediato posterior -o el siguiente día hábil si alguno de ellos no lo fuere
- a aquél en que hubiere quedado disponible para su destinatario en el sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas (arts. 34 inciso 5to. ap. 'a' y 'e', 135 del CPCC; Acuerdos nro. 3991/2020, 4039/2021 SCJBA)."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: