IGLESIAS MICAELA ANAHÍ C/ IOMA S/ AMPARO
Amparo por cobertura de ortoprótesis pediátrica por discapacidad. El Tribunal hizo lugar a la acción de amparo y confirmó la medida cautelar innovativa ordenando la cobertura integral y entrega de la ortoprótesis solicitada al menor, por entenderse comprometido el derecho a la salud y no admitirse dilación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Micaela Anahí Iglesias, en representación de su hijo menor de edad Benjamín Iglesias.
Demandado: Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA).
Objeto: Cobertura al 100% y entrega de una ortoprótesis a medida (resina y carbono con cono sobre rodilla, hemivalva envolvente con velcro, módulo de titanio y pie de carbón) por crecimiento del menor y deterioro funcional; se solicitó también medida cautelar innovativa.
Decisión: Se hace lugar a la acción de amparo, confirmando la medida cautelar innovativa otorgada el 23/09/2025, y se ordena a IOMA la cobertura integral y entrega de la ortoprótesis reclamada. Se imponen las costas a la demandada y se regulan honorarios a favor de la letrada de la actora.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Concluyo entonces, que siendo el amparo la vía idónea y necesaria, para el presente reclamo, no resulta impedimento el hecho que puedan existir otras vías ordinarias para resolver la cuestión, fundado ello en la urgencia del caso y la imperiosa necesidad que el derecho a la salud, sea defendido, con todos los medios necesarios que permitan mejorar la calidad de vida de quien peticiona."
"El derecho a la salud es un derecho de raigambre constitucional... corresponde señalar que acreditado que fue con los estudios médicos pertinentes, el cuadro médico del menor, se concedió la medida cautelar pretendida, y con ello se tiene por cumplido y restablecido el derecho que se vio lesionado en lo que a este aspecto corresponde."
"cuando por medio de una medida cautelar innovativa se pretende obtener lo mismo que con la sentencia definitiva, debe el juzgador verificar la existencia de una fuerte probabilidad del derecho invocado o verosimilitud acentuada, y más que la clásica nota de peligro en la demora, la posibilidad cierta de ocurrirle al peticionante un daño irreparable... ante circunstancias en que la gravedad o irreparabilidad posterior del daño no permiten aguardar el resultado de la sentencia, ... la misma debe concederse..."
Fallo (texto dispositvo):
"1) Haciendo lugar a la demanda de amparo promovida por MICAELA ANAHI IGLESIAS, en representación de su hijo menor de edad BENJAMIN IGLESIAS contra el INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL (IOMA) confirmando la cobertura integral mediante otorgamiento de una ortoprotesis a medida de resina y carbono con cono sobre rodilla adaptada para la colocación de miembro inferior, hemivalva envolvente con velcro adaptado al cono, modulo de titanio y pie de carbon, cumplida con la medida innovativa otorgada en fecha 23/09/2025.
2) En razón de como se resuelve la presente, las costas se imponen a la demandada en su carácter de vencida (arts. 68 y 69 del C.P.C.)."
(Se consignan además consideraciones sobre convenciones internacionales, Constitución Provincial y Ley 10.592 en sustento de la protección compensadora para personas con discapacidad; y constancias de cumplimiento material mediante embargo y transferencia de fondos a la ortopedia para confección de la prótesis.)
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