CUESTA, CARLOS ALBERTO c/ ARCA s/COBRO DE PESOS/SUMAS DE DINERO
El actor promovió acción declarativa de inconstitucionalidad contra la aplicación del Impuesto a las Ganancias sobre su haber jubilatorio y pidió la devolución de las sumas retenidas. La Cámara Federal de La Plata confirmó parcialmente la sentencia de grado, aplicando el precedente “García” y ordenando la devolución de las sumas retenidas con intereses según la tasa pasiva promedio mensual del BCRA, con las precisiones del considerando IV.6.
Actor: C. C. A. Demandado: Administración Federal de Ingresos Públicos (actual ARCA) Objeto de la demanda: Acción declarativa de inconstitucionalidad contra la aplicación del Impuesto a las Ganancias sobre su haber jubilatorio y petición de devolución de las sumas retenidas con más intereses.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó parcialmente la resolución de primera instancia que hizo lugar a la acción y ordenó la inaplicabilidad, para el caso concreto, del régimen del Impuesto a las Ganancias respecto del beneficio previsional del actor; se dispuso la abstención de efectuar descuentos y la devolución de las sumas retenidas (en el período no prescripto indicado) con intereses a la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina; se impusieron las costas a la demandada en el orden causado, con regulación de honorarios diferida.
Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "En esos términos, se impone aplicar la doctrina derivada del precedente citado y considerar a la parte actora –a la luz de las comprobadas circunstancias del expediente– como una persona en situación de vulnerabilidad, por lo tanto, merecedora de un tratamiento impositivo especial y diferenciado del colectivo de beneficiarios de las prestaciones de la seguridad social." (Considerando IV.2.3 y IV.2.4)
- "Corresponde ordenar que el reintegro opere desde el momento de la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago de los montos retenidos con base en las normas descalificadas." (Considerando IV.3)
- "Por su parte, respecto de los intereses, corresponde que sean fijados a la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina, conforme plenario de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata 'Gómez, Ricarda c. ENTEL'..., debiendo realizarse el cálculo desde la fecha de cada retención hasta su efectivo pago." (Considerando IV.4)
- Síntesis final: "El resultado arribado –a la luz de la consideración de los agravios formulados– determina que la demanda prospera ... la devolución de los montos retenidos (se realizará siguiendo lo establecido en el Cons. IV.3), la tasa de interés (conf. Cons. IV.4) y las costas se fijan de acuerdo con lo dispuesto en el Cons. IV.5." (Considerando IV.6)
Disidencias: No consta voto en disidencia; el juez Lemos Arias adhirió a la solución propuesta por los jueces Vallefín y Faggi.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: