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ARCA c/ SUCESION DE GONZALEZ JOSE s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero promovió ejecución fiscal contra la Sucesión de González José por $5.872.611,36. El Juzgado Federal ordenó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago, con más intereses y costas, y exigió a la actora que practique la liquidación de la deuda reclamada.

Intereses Costas Ejecucion fiscal Liquidacion de deuda Mandamiento de intimacion Arca 36 Juzgado federal de comodoro rivadavia Cpccn art.70 Sucesion de gonzalez jose Deuda $5.872.611

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex A.F.I.P.). Demandado: Sucesión de González José. Objeto: Cobro de la suma de $5.872.611,36, con más intereses y costas; ejecución fiscal. Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución contra la Sucesión de González José hasta hacerse íntegro pago a la ARCA de la suma de $5.872.611,36, con más sus intereses y las costas del proceso; además se ordenó a la parte actora que practique la liquidación de la deuda reclamada. Se impusieron las costas al demandado por no haberse opuesto excepciones al progreso del proceso.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 5872611.36, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio." "Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada." "Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota." "1) Mandar llevar adelante la ejecución contra SUCESION DE GONZALEZ JOSE, hasta hacerse integro pago a la AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO, de la suma de $ 5872611.36, con más sus intereses y las costas del presente proceso –art. 70 del CPCCN." "2) En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal...; corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada." No se registra voto en disidencia en el texto analizado.

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