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ROSSI, HUGO RENE Y OTRO c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTRO s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

Los actores reclamaron la inclusión remunerativa y bonificable del Plus por Zona Patagónica del 1,40% en sus haberes previsionales. El Juzgado Federal hizo lugar a la demanda, rechazó la excepción de prescripción y ordenó la liquidación conforme a los considerandos 4, 5 y 6, con costas a cargo de la demandada.

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¿Quién es el actor?

Hugo Rene Rossi y Oscar Eduardo Capristo.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional – Ministerio de Seguridad – Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.
- Objeto de la demanda: Que se liquide con carácter remunerativo y bonificable el "Plus por Zona Patagónica" o "Zona Sur" con el porcentaje del 1,40% en sus haberes de retiro; se solicitó que la percepción sea conforme a precedentes ("PAGÉS") y que no se les aplique el Impuesto a las Ganancias respecto de lo reconocido.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la excepción de prescripción opuesta por la demandada y se hizo lugar a la demanda interpuesta por Rossi y Capristo contra el Estado Nacional — Ministerio de Seguridad — Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal, en los términos de los considerandos 4, 5 y 6 del pronunciamiento; se impusieron costas a la demandada, difiriéndose la regulación de honorarios. Fundamentos principales (textos transcritos de la sentencia):
- "Corresponde que el cómputo se realice desde la fecha de presentación de la demanda –no existiendo reclamo administrativo-, esto es desde julio de 2022, por lo cual se encuentra prescripto, en caso de corresponder, lo reclamado con anterioridad a julio de 2020."
- "Entonces, de conformidad con la normativa citada y constancias de autos y por ser los actores retirados y residentes en esta provincia, corresponde, si persiste la situación indicada, declararles su derecho a incorporar a su haber de retiro la bonificación prevista por el art. 1 de la Ley 19485, sus modificatorias y reglamentarias."
- "En lo que atañe al porcentaje que se debe adicionar y en virtud de lo dispuesto por la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca ... dispongo que se debe aplicar el 40%, en atención a la entrada en vigencia del Decreto 1472/08, desde dos años anteriores a la interposición de la demanda (31/07/2022)..."
- "Con respecto a la exención del impuesto a las ganancias, atento a lo resuelto por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación ... declárese exento del pago del Impuesto a las Ganancias, de lo que aquí se resuelve."
- "Ergo, se deberá aplicar la tasa pasiva promedio del BCRA, desde que cada suma fue debida y hasta su efectivo pago." Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia en el dispositivo final; la resolución se consignó en el pronunciamiento final sin distinciones.

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