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BNA c/ HURTADO, GUADALUPE GISELE s/COBRO DE PESOS/SUMAS DE DINERO

Banco demandó por cobro de pesos por saldo impago de tarjeta de crédito por $107.550.785,78 más intereses. El Juzgado Federal hizo lugar a la demanda y condenó a Guadalupe G. Hurtado al pago de esa suma con interés promedio de la tasa activa del Banco desde julio de 2025, además de imponerle las costas (regulación de honorarios diferida).

Intereses Costas Rebeldia Sentencia de primera instancia Cobro de pesos Tarjeta de credito Deuda Banco de la nacion argentina Regulacion de honorarios diferida Art. 356 cpccn


¿Quién es el actor?

Banco de la Nación Argentina.
- Demandada: Guadalupe Gisele Hurtado.
- Objeto de la demanda: Cobro de pesos por deuda derivada de uso de tarjeta de crédito "NATIVA MASTERCARD INTERNACIONAL", por la suma de PESOS CIENTO SIETE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS ($107.550.785,78), más intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda del Banco de la Nación Argentina y se condenó a la demandada al pago, en el término de diez días, de la suma indicada en el considerando 4), con más intereses desde julio de 2025 hasta su efectivo pago; se la condenó en costas, difiriéndose la regulación de honorarios conforme al considerando 5).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "1) Cabe poner de manifiesto, en primer término, que la accionada dejó de contestar la demanda presentada en su contra, a pesar de haber sido legalmente notificada, conforme constancia de fecha 06 de julio de 2026, por lo que, su silencio es considerado como reconocimiento de los hechos, atento lo dispuesto por el art. 356, inc. 1° del CPCCN." "3) Como consecuencia de lo afirmado y, en virtud de lo dispuesto en el artículo mencionado supra, cabe concluir que la acción intentada por la actora resulta procedente dado el incumplimiento contractual incurrido por la demandada quien no abonó el crédito otorgado oportunamente a su favor, del cual hizo uso. En efecto, el Banco justificó el origen de la deuda, cual es, los mutuos que operaron a través de la tarjeta de crédito 'NATIVA MASTERCARD INTERNACIONAL', como así el saldo impago por parte del accionado." "4) Consecuentemente, la demandada deberá abonar a la actora la suma de PESOS CIENTO SIETE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS ($107.550.785,78), con más un interés igual al promedio de la tasa activa que cobra el Banco de La Nación Argentina en sus operaciones comunes de descuento, desde julio de 2025 hasta su efectivo pago." "5) Costas a la parte demandada vencida (art. 68 del CPCCN), difiriendo la regulación de los honorarios de los profesionales intervinientes hasta tanto se establezca la base para estimarlos –capital + intereses-, conforme arts. 16, 20, 21, 22 y 58 de la ley 27423."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia; la Parte Resolutiva finaliza con la firma del Juez Federal y dispone las condenas expresadas.

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