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LANGE MARLENE C/ DUART IRMA Y OTROS S/DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)

La actora promovió demanda de desalojo contra quienes ocupan el inmueble sito en Alejandro Fernández 1875, Hurlingham, reclamando la restitución por ser sucesora de los titulares registrales. El Tribunal hizo lugar a la demanda: condenó a desalojar a Irma Duart, Héctor y Brian Rodríguez y demás ocupantes, por no acreditar éstos título posesorio serio; impuso costas a los accionados y ordenó oficiar al Servicio Zonal por la presencia de menores.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Johana Elizabeth Luksche y Lange (actuada por su apoderada Marlene Lange), quien invocó su calidad de sucesora de Ernesto Oscar Luksche y de la titular registral Adelgunda Pfau. Demandado: Irma Noemí Duart, Héctor Rodríguez, Brian Rodríguez y subinquilinos/ocupantes. Objeto: Restitución del inmueble situado en calle Alejandro Fernández n° 1875, Hurlingham (acción de desalojo, excluida la falta de pago). Decisión: Haciendo lugar a la demanda, se condenó a los demandados a desalojar el inmueble en el plazo de diez (10) días de quedar firme la sentencia, con costas a los vencidos; se ordenó oficiar al Servicio Zonal de Promoción y Protección de los Derechos del Niño y diferir la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "La prueba producida no otorga suficiente seriedad a la posesión invocada por la demandada. Por el contrario, las constancias más próximas al comienzo de la ocupación muestran que los accionados ingresaron al inmueble invocando un encargo proveniente de quien reconocían como dueño, mientras que la cesión de derechos posesorios en la que posteriormente pretendieron sustentar su permanencia fue celebrada recién en el año 2016 y se apoya, a su vez, en un boleto de compraventa cuya autenticidad no fue acreditada." "Del mismo modo, aun cuando la cesión de derechos posesorios de fecha 13/5/2016 cuente con firmas certificadas, ello no resulta suficiente para demostrar que el cedente hubiera ejercido efectivamente la posesión que pretendió transmitir. La certificación de las firmas acredita su autoría, pero no demuestra por sí misma la existencia, extensión o efectividad de los derechos posesorios objeto de la cesión." "Por consiguiente, encontrándose acreditada la ocupación del inmueble y no habiendo los demandados demostrado la existencia de un título que les otorgue derecho a permanecer en él, ni aportado elementos que, siquiera prima facie, confieran seriedad a la posesión invocada, corresponde hacer lugar a la demanda de desalojo, con costas." (Decisión dispositiva) "HACIENDO LUGAR a la demanda interpuesta por JOHANA ELIZABETH LUKSCHE LANGE, por intermedio de su apoderada MARLENE LANGE contra IRMA NOEMI DUART, HECTOR RODRIGUEZ, BRIAN RODRIGUEZ, SUBINQUILINOS y/u OCUPANTES, del inmueble sito en la calle Alejandro Fernández n° 1875... CONDENAR a IRMA NOEMI DUART, HECTOR RODRIGUEZ, BRIAN RODRIGUEZ y SUBINQUILINOS y/u OCUPANTES, a desalojar el inmueble ... en el plazo de diez (10) días de quedar firme el presente, bajo apercibimiento de lanzamiento. IMPONER las costas a los accionados vencidos."

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