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MUNICIPALIDAD DE JUNIN C/ OROF S.A S/ APREMIO

La Municipalidad de Junín promovió ejecución por apremio sobre deuda consolidada por $1.377.141,34 más intereses y accesorios. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, declaró perdido el derecho del ejecutado a oponer excepciones, ordenó continuar con la ejecución y le impuso las costas.

Costas Intereses moratorios Deuda consolidada Municipalidad Ordenanza municipal Juicio ejecutivo. Ejecucion por apremio Perdida de excepciones Domicilio procesal constituido Consolidacion 26/09/2025

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MUNICIPALIDAD DE JUNIN, representada por la Dra. Graciela Pita. Demandado: OROF S.A. Objeto: Ejecución por apremio de la suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CIENTO CUARENTA Y UNO CON 34/100 ($1.377.141,34), más intereses desde la mora del capital reclamado y hasta el efectivo pago, más costos y costas; la pretensión se sustenta en LIQUIDACION DE DEUDA CONSOLIDADA emitida por ARJUN, consentida y firme. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución; se tuvo por perdido el derecho del ejecutado a oponer excepciones; se mandó llevar adelante la ejecución hasta tanto OROF S.A. pague íntegramente la suma consolidada y sus accesorios; se impusieron las costas al vencido; se difirió la regulación de honorarios; se constituyó domicilio procesal de la parte demandada en los estrados del Juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes): "Que la pretensión se sustenta en LIQUIDACION DE DEUDA CONSOLIDADA emitida por ARJUN, consentida y firme." "Que, cumplida en forma la intimación de pago y citación a oponer excepciones, conforme surge de la diligencia acompañada en PDF en fecha 01/07/2026, el ejecutado no ha opuesto excepciones dentro del plazo legal, el cual se encuentra vencido según informe verbal de la Actuaria en este acto (art. 116 CPC). En consecuencia, corresponde tenerlo por decaído en el derecho que ha dejado de ejercer en tiempo oportuno." "Siendo ello así, y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 540 y 549 del Código Procesal y 10 de la ley 13.406, corresponde mandar llevar adelante la presente ejecución hasta tanto la parte ejecutada haga a la emplazante íntegro pago de la suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CIENTO CUARENTA Y UNO CON 34/100 ($1.377.141,34)." "Correspondiendo el cómputo de intereses moratorios, que serán calculados según la Ordenanza Municipal vigente en los diversos períodos de aplicación (Art. 886 del Código Civil y Comercial). Encontrándose la suma referida precedentemente consolidada al 26/09/2025 los referidos intereses se computarán a partir de dicha fecha y hasta el momento del efectivo pago (arts. 7, 10 y ccds. de la ley 13.406 y 538, 549 y ccds. del CPCC)." Bloque dispositivo final: "1.
- Dando a la parte ejecutada por perdido el derecho a oponer excepciones; 2.
- Mandando llevar adelante la presente ejecución, hasta tanto OROF S.A haga a MUNICIPALIDAD DE JUNIN íntegro pago de la suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CIENTO CUARENTA Y UNO CON 34/100 ($1.377.141,34), más los correspondientes accesorios legales desde la fecha de consolidación, 26/09/2025 (Art. 768, 886 del CCyCOm, arts. 7, 10 y ccds. de la ley 13.406 y 538, 549 y ccds. del CPCC); hasta el efectivo pago (Art. 768, 886 del CCyCOm, arts. 7, 10 y ccds. de la ley 13.406 y 538, 549 y ccds. del CPCC); 3.
- Imponiendo las costas de la ejecución a la parte vencida (arts. 68, 556 y ccs. CPC); 4.
- Difiriendo la pertinente regulación de honorarios para su oportunidad (arts. 730 y ccs. del C.C y C., arts. 51 y ccs. ley 14967). 5.
- Teniendo por constituido en los estrados del juzgado el domicilio de la parte demandada (arts. 41, 540 y ccs. del CPC)."

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