MUNICIPALIDAD DE JUNIN C/ GIORELLO LUCAS MIGUEL S/ APREMIO
La Municipalidad de Junín promovió ejecución por apremio contra Giorello Lucas Miguel por $1.021.700,00 más intereses y costos. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, declaró perdido el derecho a oponer excepciones al ejecutado y ordenó continuar la ejecución hasta el pago, imponiendo costas a la parte vencida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: MUNICIPALIDAD DE JUNÍN, representada por la Dra. Liliana Fati.
Demandado: GIORELLO LUCAS MIGUEL.
Objeto: Ejecución por apremio de SENTENCIA ADMINISTRATIVA del Juzgado de Faltas Nº1 de Junín, por la suma de PESOS UN MILLÓN VEINTIÚN MIL SETECIENTOS CON 0/100 ($1.021.700,00), más intereses desde la mora del capital reclamado hasta su efectivo pago, más costas y costos.
Decisión: Se declaró perdido el derecho del ejecutado a oponer excepciones; se ordenó proseguir la ejecución hasta que el ejecutado acredite el pago íntegro de $1.021.700,00 más accesorios legales desde la fecha de consolidación 31/03/2026; se impusieron las costas a la parte vencida; se difirió la regulación de honorarios; se constituyó domicilio procesal del demandado en los estrados del juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del tribunal):
"I.
- Que en fecha 04/08/2026 se presenta la Dra. Liliana Fati, apoderado de la MUNICIPALIDAD DE JUNIN promoviendo demanda de apremio (art. 1 Ley cit.) contra GIORELLO LUCAS MIGUEL, por la suma de PESOS UN MILLON VEINTIUN MIL SETECIENTOS CON 0/100 ($1.021.700,00), con más con más intereses, desde la mora del capital reclamado y hasta el efectivo pago, con más costos y costas. Que la pretensión se sustenta en SENTENCIA ADMINISTRATIVA emitida por JUZGADO DE FALTAS N° 1 DE JUNIN, consentida y firme."
"II.
- Que, cumplida en forma la intimación de pago y citación a oponer excepciones, conforme surge de la diligencia acompañada en PDF en fecha 06/08/2026, el ejecutado no ha opuesto excepciones dentro del plazo legal, el cual se encuentra vencido según informe verbal de la Actuaria en este acto (art. 116 CPC). En consecuencia, corresponde tenerlo por decaído en el derecho que ha dejado de ejercer en tiempo oportuno."
"III.
- Siendo ello así, y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 540 y 549 del Código Procesal y 10 de la ley 13.406, corresponde mandar llevar adelante la presente ejecución hasta tanto la parte ejecutada haga a la emplazante íntegro pago de la suma de PESOS UN MILLON VEINTIUN MIL SETECIENTOS CON 0/100 ($1.021.700,00)."
"IV.
- Correspondiendo el cómputo de intereses moratorios, que serán calculados según la Ordenanza Municipal vigente en los diversos períodos de aplicación (Art. 886 del Código Civil y Comercial). Encontrándose la suma referida precedentemente consolidada al 31/03/2026 los referidos intereses se computarán a partir de dicha fecha y hasta el momento del efectivo pago (arts. 7, 10 y ccds. de la ley 13.406 y 538, 549 y ccds. del CPCC)."
FALLO (fragmentos relevantes del dispositivo):
"1.
- Dando a la parte ejecutada por perdido el derecho a oponer excepciones;
2.
- Mandando llevar adelante la presente ejecución, hasta tanto GIORELLO LUCAS MIGUEL haga a MUNICIPALIDAD DE JUNIN íntegro pago de la suma de PESOS UN MILLON VEINTIUN MIL SETECIENTOS CON 0/100 ($1.021.700,00), más los correspondientes accesorios legales desde la fecha de consolidación, 31/03/2026 ... hasta el efectivo pago;
3.
- Imponiendo las costas de la ejecución a la parte vencida (arts. 68, 556 y ccs. CPC);
4.
- Difiriendo la pertinente regulación de honorarios para su oportunidad;
5.
- Teniendo por constituido en los estrados del juzgado el domicilio de la parte demandada (arts. 41, 540 y ccs. del CPC)."
(El Tribunal es unipersonal — juez: Dra. María Fabiana Patiño— por lo que no hubo decisión colegiada ni votos en disidencia.)
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