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CORREA ERALDO RICARDO Y OTROS C/ GIANELLO GABRIEL Y DÍAZ GRISELDA ANDREA S/ ACCION REIVINDICATORIA MP

Acción reivindicatoria por la restitución de inmueble ubicado en Vázquez Diez nº 354; el Tribunal hace lugar a la demanda, ordena la restitución en 30 días y reconoce crédito por mejoras de $4.110.468 con derecho de retención.

Reivindicacion Indivision hereditaria Mejoras Legitimacion activa Derecho de retencion Restitucion de la posesion Costas a la demandada Sentencia de primera instancia. Credito por mejoras $4.110.468 Vazquez diez 354 junin

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Eraldo Ricardo Correa, Liliana Beatriz Correa y Rosana Mariel Correa, en su propio derecho, sucesores de Eraldo Ricardo Correa. Demandado: Gabriel Gianello y Griselda Díaz, poseedores del inmueble sito en Vázquez Diez nro. 354, Junín. Objeto: Acción reivindicatoria para que se restituya la posesión del inmueble inscrito a nombre de Haydee Correa; subsidiariamente, oposición a la reconvención por mejoras. Decisión: Se rechazó la excepción de falta de legitimación activa; se hizo lugar a la acción reivindicatoria y se ordenó la restitución de la posesión en 30 días; se reconoció a los demandados un crédito por mejoras por $4.110.468 y su derecho de retención hasta su pago; se impusieron las costas a la demandada vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes): "La ausencia de la restante coheredera, Marta Mabel Galvan, y la falta de partición del acervo no constituyen obstáculos para el ejercicio de la acción frente a terceros poseedores, desde que los actores se encuentran legitimados para ejercer los derechos que correspondían a Eraldo Ricardo Correa en su carácter de heredero de la titular registral del inmueble." "En definitiva, habiendo acreditado los actores el derecho en virtud del cual reclaman la posesión del inmueble y no habiendo los demandados demostrado una causa jurídica suficiente que legitime su permanencia en él, corresponde tener por configurados los presupuestos sustanciales de la acción reivindicatoria y hacer lugar a la acción interpuesta (arts. 2353, 2458, 2758, 2789 y ccs. del C.C.; 375, 384, 438 y ccs. del C.P.C.C.). Ello, con los alcances propios del derecho hereditario invocado, sin que la presente decisión implique atribuir a los actores la titularidad exclusiva del bien ni afectar los derechos que pudieran corresponder a la restante coheredera Marta Mabel Galvan (arts. 2761, 2772, 3450 y ccs. del C.C.; 375, 384 y ccs. del C.P.C.C.)." "Corresponde reconocer a Gabriel Gianello y Griselda Díaz un crédito por mejoras de $4.110.468 y hacer lugar al derecho de retención invocado sobre el inmueble, el que podrá ser ejercido hasta tanto dicho crédito sea efectivamente satisfecho (arts. 2427, 2440, 3939 y ccs. del Código Civil)." Voto dispositivo final (FALLO): "I.
- Rechazando la excepción de falta de legitimación activa... II.
- Haciendo lugar a la demanda de reivindicación ... condenando a la demandada a que en el término de Treinta (30) días ... restituya a la actora la posesión del inmueble ... III.
- Haciendo lugar al derecho de retención ... condenando a ... abonarles, dentro del plazo de diez (10) días, la suma de PESOS CUATRO MILLONES CIENTO DIEZ MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO ($4.110.468) ... IV.
- Imponiendo las costas del proceso a la demandada vencida..." (Se consignan como vinculantes los considerandos y el bloque dispositivo final firmados por la Jueza Dra. María Fabiana Patiño.)

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