BARRAZA VÍCTOR ROQUE S/ SUCESION AB-INTESTATO
El cónyuge solicita declaración de herencia ab-intestato por el fallecimiento del causante. El Tribunal declaró que por el fallecimiento de Víctor Roque Barraza sucede en carácter de heredera su cónyuge Alic Alen Aquino, en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de derechos sobre los gananciales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Alic Alen Aquino.
Demandado: Víctor Roque Barraza (causante, fallecido).
Objeto: Declaración de herencia ab-intestato y reconocimiento de la calidad de heredera de la cónyuge.
Decisión: Se declaró que por el fallecimiento de Víctor Roque Barraza le sucede en carácter de heredera su cónyuge Alic Alen Aquino, respecto de los bienes propios si los hubiere, y sin perjuicio de los derechos que la ley le asigna sobre los gananciales. Se ordenó darse testimonio del auto e inscribirse.
- Fundamentos principales de la decisión (trascripción de los párrafos más relevantes del fallo):
"PRIMERO: Con la partida de defunción que obra adjunta en el escrito inicial de fecha 19/11/2025 el fallecimiento de Victor Roque Barraza, ocurrido el 31 de Agosto de 2025, en Moreno, Provincia de Buenos Aires.
SEGUNDO: Con las partidas acompañadas en archivo adjunto en el escrito inicial de fecha 19/11/2025, los siguientes extremos: el matrimonio del nombrado causante con Alic Alen Aquino, acto celebrado el día 3 de noviembre de 2022 en la Ciudad Autónoma De Buenos Aires.
TERCERO: Con la certificación realizada el día 31/3/2026 haberse hecho la publicación de edicto ordenada, sobre cuyo resultado informó el Actuario en dicho acto.
Por ello, lo solicitado, lo dictaminado por el Ministerio Público interviniente y en orden a lo dispuesto por los arts. 2424 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y 735 y 737 del C.P.C.C., RESUELVO: declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de VICTOR ROQUE BARRAZA, le suceden en carácter de heredera su cónyuge ALIC ALEN AQUINO, en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda sobre los gananciales. Oportunamente dese testimonio de este auto. REGÍSTRESE.-"
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