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ARROYO ANA ANGELICA Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO

Declaratoria de herederos por muerte de María del Carmen del Giudice solicitada por sus hijos. El Tribunal declaró por derecho que suceden como herederos universales sus hijos Carlos Alberto, María de las Mercedes y María Guadalupe Arroyo, por acreditarse el fallecimiento, el estado civil viuda y la publicación de edictos con resultado negativo.

Declaratoria de herederos Hijos Viudez Sucesion ab-intestato Registro. Publicacion de edictos Herederos universales Arts. 2337 2424 2426 ccyc Art. 734 cpc Fallecimiento 17/03/2026

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: ARROYO ANA ANGELICA; y/o los interesados en la declaratoria (se acompañan partidas y declaratoria previa del cónyuge). Demandado: Sucesión de MARIA DEL CARMEN DEL GIUDICE. Objeto: Declaratoria de herederos ab-intestato por el fallecimiento de MARIA DEL CARMEN DEL GIUDICE. Decisión: Se declaró que por el fallecimiento de MARIA DEL CARMEN DEL GIUDICE le suceden en carácter de herederos universales sus hijos CARLOS ALBERTO, MARIA DE LAS MERCEDES y MARIA GUADALUPE ARROYO. Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
- "Que con el certificado de defunción anexado a la presentación de fecha 3/05/2026 se acredita el fallecimiento de MARIA DEL CARMEN DEL GIUDICE, ocurrida el 17 de marzo de 2026."
- "Que la misma era de estado civil viuda, habiendo contraído matrimonio con EDUARDO ALBERTO ARROYO con fecha 28/11/1986 quien posteriormente falleciera 7 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (cfme. certificado de matrimonio anexo en pdf el 3/5/2026 y DH dictada en el sucesorio de EDUARDO ALBERTO ARROYO el 25/08/2025 acumulado al presente)."
- "Que de dicha unión nacieron: CARLOS ALBERTO, MARIA DE LAS MERCEDES y MARIA GUADALUPE ARROYO.(Cfme. declaratoria de herederos dictada en autos con fecha 25/08/2025 y partidas anexadas en PDF a la presentacion de fecha 3/05/2026)."
- "Que con los diarios y recibos agregados mediante constancia electrónica de fecha 4/08/2026 consta el haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 del ritual y sobre cuyo resultado negativo informa la Sra. Secretaria en este acto."
- Resolución dispositiva final: "Por ello de conformidad con lo pedido y en orden a lo normado por los arts. 2337, 2424, 2426 y conc. del C. Civil y Comercial, 735 y 737 del C. Procesal, se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por el fallecimiento de MARIA DEL CARMEN DEL GIUDICE le sucede en carácter de universales herederos sus hijos CARLOS ALBERTO, MARIA DE LAS MERCEDES y MARIA GUADALUPE ARROYO. REGISTRESE."

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