ELECTRONICA MEGATONE SA C/ ALBORNOZ CARLOS MARCELO S/ COBRO EJECUTIVO
Demanda ejecutiva de ELECTRONICA MEGATONE S.A. contra Albornoz por cobro ejecutivo. El Tribunal decretó la caducidad de la instancia por inactividad procesal y condenó en costas a la parte actora, por no haber impulsado el proceso dentro del plazo legal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: ELECTRONICA MEGATONE SA.
Demandado: ALBORNOZ CARLOS MARCELO.
Objeto: Cobro ejecutivo (expte. N°LM-16064-2018. MDE/NN).
Decisión: Se decretó la caducidad de la instancia por inactividad y se impusieron las costas a la parte actora; se ordenó la fijación de honorarios una vez firme la resolución y el glosado de la documentación reservada en Secretaría.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"ELECTRONICA MEGATONE SA C/ ALBORNOZ CARLOS MARCELO S/ COBRO EJECUTIVO"
Expte. N°LM-16064-2018. MDE/NN
En la ciudad de San Justo,
AUTOS Y VISTOS: Que con fecha 03/09/2026 se dispuso la intimación previa prevista en el art. 315 del CPCC (texto según ley 13.986) en razón de que la última actividad procesal útil a los efectos de impulsar el proceso, fue de fecha 19/05/2021.
Sentado ello, y tomando en consideración que la parte actora no ha instado el proceso dentro del plazo establecido por el art. 310 del CPCC (texto según ley 13.986), pese a encontrarse debidamente notificada en los términos del art. 10 de la Ac. 4013 de la SCBA; corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto y declarar la caducidad de la instancia.
En virtud de lo expuesto y lo dispuesto por la Res. 3694/12 de la SCBA,
RESUELVO:
Decretar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones (arts. 310, 315 y 316 del CPCC).
Imponer las costas a la parte actora en su calidad de vencida (art. 68 del CPCC)
Firme la presente, se procederá a la fijación de los honorarios profesionales.
Procédase a glosar la documentación original oportunamente reservada en Secretaría.
REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE mediante la remisión del presente conforme lo previsto por el art. 10, Anexo I, Ac. 4013/21, texto ordenado por Ac. 4039/21, ambas de la SCJBA. OPORTUNAMENTE ARCHÍVESE.
(Se consignan las fechas relevantes: intimación 03/09/2026; última actuación útil 19/05/2021; referencia a arts. 310, 315, 316 del CPCC y art. 68 del CPCC.)
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