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ELECTRONICA MEGATONE SA C/ ALBORNOZ CARLOS MARCELO S/ COBRO EJECUTIVO

Demanda ejecutiva de ELECTRONICA MEGATONE S.A. contra Albornoz por cobro ejecutivo. El Tribunal decretó la caducidad de la instancia por inactividad procesal y condenó en costas a la parte actora, por no haber impulsado el proceso dentro del plazo legal.

Costas Caducidad de instancia Inactividad procesal Cobro ejecutivo Art. 310 cpcc Art. 315 cpcc Glosar documentacion Apelacion (tipo asignado) Expediente lm-16064-2018 Intimacion 03/09/2026

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: ELECTRONICA MEGATONE SA. Demandado: ALBORNOZ CARLOS MARCELO. Objeto: Cobro ejecutivo (expte. N°LM-16064-2018. MDE/NN). Decisión: Se decretó la caducidad de la instancia por inactividad y se impusieron las costas a la parte actora; se ordenó la fijación de honorarios una vez firme la resolución y el glosado de la documentación reservada en Secretaría.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "ELECTRONICA MEGATONE SA C/ ALBORNOZ CARLOS MARCELO S/ COBRO EJECUTIVO" Expte. N°LM-16064-2018. MDE/NN En la ciudad de San Justo, AUTOS Y VISTOS: Que con fecha 03/09/2026 se dispuso la intimación previa prevista en el art. 315 del CPCC (texto según ley 13.986) en razón de que la última actividad procesal útil a los efectos de impulsar el proceso, fue de fecha 19/05/2021. Sentado ello, y tomando en consideración que la parte actora no ha instado el proceso dentro del plazo establecido por el art. 310 del CPCC (texto según ley 13.986), pese a encontrarse debidamente notificada en los términos del art. 10 de la Ac. 4013 de la SCBA; corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto y declarar la caducidad de la instancia. En virtud de lo expuesto y lo dispuesto por la Res. 3694/12 de la SCBA, RESUELVO: Decretar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones (arts. 310, 315 y 316 del CPCC). Imponer las costas a la parte actora en su calidad de vencida (art. 68 del CPCC) Firme la presente, se procederá a la fijación de los honorarios profesionales. Procédase a glosar la documentación original oportunamente reservada en Secretaría. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE mediante la remisión del presente conforme lo previsto por el art. 10, Anexo I, Ac. 4013/21, texto ordenado por Ac. 4039/21, ambas de la SCJBA. OPORTUNAMENTE ARCHÍVESE. (Se consignan las fechas relevantes: intimación 03/09/2026; última actuación útil 19/05/2021; referencia a arts. 310, 315, 316 del CPCC y art. 68 del CPCC.)

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