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ELECTRONICA MEGATONE S.A C/ IGLESIAS MATILDE ADELA S/ COBRO EJECUTIVO

Electrónica Megatone S.A. promovió cobro ejecutivo contra Iglesias Matilde Adela. El Tribunal decretó la caducidad de la instancia por falta de impulso procesal, impuso las costas a la parte ejecutante y declaró inoficiosa la labor del letrado no regulando honorarios.

Caducidad de la instancia Cobro ejecutivo Inoficiosidad Falta de impulso procesal No regulacion de honorarios Art. 310 cpcc Art. 315 cpcc Costas a la ejecutante Res. 3694/12 scba. Notificacion por remision

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: ELECTRONICA MEGATONE S.A. Demandado: IGLESIAS MATILDE ADELA Objeto: Cobro ejecutivo. Decisión: Se decretó la caducidad de la instancia por falta de impulso procesal conforme arts. 310, 315 y 316 del CPCC; se impusieron las costas a la parte ejecutante por resultar vencida; no se procedió a regular honorarios al letrado por considerarse inoficiosa la labor desarrollada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes, lenguaje original del tribunal): "Que con fecha 03/09/2026 (notificado el 4/09/2026) se dispuso la intimación previa prevista en el art. 315 del CPCC (texto según ley 13.986) en razón de que la última actividad procesal útil a los efectos de impulsar el proceso, fue 13/04/2021. Sentado ello, y tomando en consideración que la parte ejecutante no ha instado el proceso dentro del plazo establecido por el art. 310 del CPCC (texto según ley 13.986), pese a encontrarse debidamente notificada mediante la remisión del proveído de fecha 04/09/2026 conforme lo previsto por el art. 10, Anexo I, Ac. 4013/21, texto ordenado por Ac. 4039/21, ambas de la SCJBA.; corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto y declarar la caducidad de la instancia. En virtud de lo expuesto y lo dispuesto por la Res. 3694/12 de la SCBA," y la parte resolutiva: "Decretar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones (arts. 310, 315 y 316 del CPCC). Imponer las costas a la parte ejecutante en su calidad de vencida (art. 68 del CPCC) No proceder a regular honorarios al letrado actuante, por resultar inoficiosa la labor desarrollada (art 30 ley 14.967)."
- Observaciones procesales: se notificó la intimación prevista en art. 315 CPCC el 04/09/2026; la última actuación útil fue 13/04/2021; se aplicó la Res. 3694/12 de la SCBA como criterio de apoyo.

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