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MENDOZA MALVINA VANESA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

Solicitud de beneficio de litigar sin gastos en juicio de filiación y eventual indemnización. El Tribunal concedió el beneficio previsto en el art. 84 del C.P.C.C. por acreditar la imposibilidad económica de la actora y dispuso imponer las costas en el orden causado por falta de oposición de los demandados.

Prueba testimonial Beneficio de litigar sin gastos Incidente Filiacion Costas en el orden causado Imposibilidad economica Ausencia de oposicion Empleada domestica Art. 84 c.p.c.c. Fecha 25/10/2022 (presentacion)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Malvina Vanesa Mendoza, representada por el Dr. Juan Alfredo Goenaga. Demandado: Héctor Oscar Speziale y/o quienes resulten herederos del Sr. Plácido Alberto Speziale (en el principal, de filiación). Objeto: Solicitud incidental de beneficio de litigar sin gastos para poder ejercer la acción en el juicio de filiación y posterior juicio de indemnización por daños y perjuicios. Decisión: Se hizo lugar al beneficio de litigar sin gastos a favor de la actora con el alcance del art. 84 del C.P.C.C. y se impusieron las costas en el orden causado por no haberse opuesto los demandados.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "Del examen de la causa y debidamente valorada la prueba producida (art. 384 C.P.C.C.), puede concluirse que la parte actora no está en condiciones de solventar los costos de un proceso judicial. En efecto, con la prueba informativa y testimonial producida se acreditó que la Sr. MALVINA VANESA MENDOZA, es empleada domestica y su trabajo no esta registrado formalmente. Que habita en una vivienda alquilada y posee un bien automotor viejo. Que no tiene obra social y con su trabajo apenas cubre los gastos diarios y ayuda a su hija que estudia en otra ciudad. Que no estaría en condiciones de afrontar los gastos del proceso principal. Así lo expresaron los testigos, Sres. Ricardo Adolfo Mendoza, Mirna Nancy Pedri y Sonia Alejandra Viñas; cuyas declaraciones obran en agregadas en fecha 11/06/2026 y 08/07/2026." "Las costas se imponen en el orden causado, dado que no hubo oposición, ni intervención procesal de los demandados requeridos."
- Dispositivo final (texto transcrito): "I
- Conceder a la actora Sr. MALVINA VANESA MENDOZA el beneficio de litigar sin gastos, con el alcance que determina el art. 84 del C.P.C.C.; pudiendo en consecuencia, litigar en el juicio de indemnización por daños y perjuicios contra el Sr. HÉCTOR OSCAR SPEZIALE, sin tener que satisfacer el pago de las costas o gastos judiciales, en tanto no mejore de fortuna, con la salvedad establecida en el art. 84 ya citado. II
- Imponer las costas en el orden causado, con motivo de lo expuesto en el considerando IV. NOTIFÍQUESE. Consentida, expídase testimonio. REGISTRESE."

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