ESTRADA ALICIA ISOLINA S/ SUCESION AB-INTESTATO
Petición de declaración de herederos por fallecimiento de Alicia Isolina Estrada. El Tribunal declaró que suceden como herederos universales Sergio Marcelo Lares y su cónyuge supérstite Rubén Leonardo Lares, y dispuso el cese de la intervención del Ministerio Fiscal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Sergio Marcelo Lares y Rubén Leonardo Lares (peticionantes de la declaración de herederos).
Demandado: Alicia Isolina Estrada (causante, fallecida).
Objeto: Declaración judicial de herederos por fallecimiento de Alicia Isolina Estrada y constancias vinculadas (publicación de edictos, etc.).
Decisión: Se declaró que por el fallecimiento de Alicia Isolina Estrada le suceden en carácter de herederos universales su hijo Sergio Marcelo Lares y su cónyuge supérstite Rubén Leonardo Lares; se cesó la intervención del Ministerio Fiscal; se ordenó registro y notificación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes tal como aparecen en la sentencia):
a) "Que con el certificado adjunto a la demanda, se acredita el fallecimiento de Alicia Isolina Estrada, ocurrido el día 1 de Febrero de 2024.-"
b) "Que la causante contrajo matrimonio con Rubén Leonardo Lares, en fecha 27 de Diciembre de 1971 (conf. documentación adjunta a la presentación electrónica de fecha 21/10/2025).-"
c) "Que de esa unión nació Sergio Marcelo Lares, el día 15 de Julio de 1965 (conf. documentación adjunta a la presentación electrónica de fecha 21/10/2025).-"
d) "Que con la constancia de fecha 02/03/2026 consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC, cuyo resultado negativo informa en este acto la Actuaria.-"
Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts. arts. 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial y arts. 735 y 737 del CPCC, RESUELVO: 1.
- Declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Alicia Isolina Estrada le suceden en carácter de universales herederos su hijo Sergio Marcelo Lares y Estrada y su cónyuge supérstite Ruben Leonardo Lares, a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales.2.
- Cése la intervención del Ministerio Fiscal (Art. 728, inc. 1 del CPCC).3.
- Regístrese. Notifíquese a la parte y a la Agente Fiscal Departamental a sus domicilio electrónico en forma automatizada (Ac. 4039/2021 SCBA).-
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