SCHRAMM JUAN S/ SUCESION AB-INTESTATO
Los hijos promovieron declaración de herederos por el fallecimiento de Juan Schramm. El Tribunal declaró que por la muerte de Juan Schramm le suceden en carácter de universales herederos sus hijos María Alejandra y Roberto Juan Schramm y Pizzi, y cesó la intervención del Ministerio Fiscal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: María Alejandra Schramm y Roberto Juan Schramm y Pizzi (actúan como interesados en la declaratoria de herederos).
Demandado: Juan Schramm (causante, fallecido).
Objeto: Declaración de herederos universales por fallecimiento de Juan Schramm.
Decisión: Se declaró que, por el fallecimiento de Juan Schramm, le suceden en carácter de universales herederos sus hijos María Alejandra y Roberto Juan Schramm y Pizzi; se cesó la intervención del Ministerio Fiscal; se ordenó registro y notificaciones electrónicas.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literalmente desde la sentencia):
a) "Que con el certificado adjunto a la demanda, se acredita el fallecimiento de Juan Schramm, ocurrido el día 27 de Mayo de 2024.-"
b) "Que el causante contrajo matrimonio con Graciela Justina Pizzi, en fecha 6 de Agosto de 1970 (conf. documentación adjunta a la presentación electrónica de fecha 28/07/2025).-"
c) "Que de esa unión nacieron María Alejandra Schramm, el día 28/06/1971 y Roberto Juan Schramm, el día 19/07/1975(conf. documentación adjunta a la presentación electrónica de fecha 09/05/2025).-"
d) "Que la Sra. Graciela Justina Pizzi, ha renunciado a la herencia por Acta Judicial (conf. documentación adjunta a la presentación electrónica en fecha 18/02/2026)"
e) "Que con la constancia de fecha 10/06/2026 consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC, cuyo resultado negativo informa en este acto la Actuaria.-"
Resolución dispositiva final (transcripción): "RESUELVO: 1.
- Declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Juan Schramm le suceden en carácter de universales herederos sus hijos María Alejandra y Roberto Juan Schramm y Pizzi.2.
- Cése la intervención del Ministerio Fiscal (Art. 728, inc. 1 del CPCC).3.
- Regístrese. Notifíquese a la parte y a la Agente Fiscal Departamental a sus domicilio electrónico en forma automatizada (Ac. 4039/2021 SCBA).-"
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